Validez de los acuerdos de las Juntas sectoriales de Jueces en la unificación de criterios en cuestiones jurídicas comunes o generales, sin perjuicio de la independencia judicial. Tasación de costas

✍️ La unificación en materia de costas (STS, Sala 3ª, 18.11.22). Alberto Martínez de Santos – No atendemos después de las dos [ 28-11-2022 ]


📚 Costas y otros efectos económicos del proceso civil

Del control de oficio de la minuta del Abogado en el trámite inicial de la tasación de costas

✍️ Control de oficio de la minuta del Abogado en el trámite inicial de la tasación de costas. Miguel Guerra Pérez. El blog jurídico de Sepín [ 27-7-2022 ]


📚 Costas y otros efectos económicos del proceso

Procede tasar costas en idénticos términos se tenga o no reconocido el beneficio de asistencia jurídica gratuita e independientemente de su posterior exigibilidad

📘 El TS se pronuncia sobre pago de costas a un beneficiario de justicia gratuita. IberLey [ 26-1-2022 ]

⚖ Tribunal Supremo, Sala I, auto de 11-1-2022, ECLI:ES:TS:2022:1A

Inaplicación del límite del tercio de la cuantía del procedimiento a la condena en costas e los procesos de renta antigua

21-10-2020 Costas: El TS señala la inaplicación del límite del 1/3 a los procesos de renta antigua. Miguel Guerra Pérez (El blog jurídico de Sepín)

En la resolución de los recursos de reposición y revisión no cabe la imposición de costas

16-7-2020 ¿Deben imponerse las costas en los decretos/autos que resuelven los recursos de reposición y revisión?. Miguel Guerra Pérez (El blog jurídico de Sepín)

Costas de la ejecución y de la oposición a la ejecución

14-4-2020 La complicada interrelación entre las Costas de la ejecución y de la oposición a la ejecución. Miguel Guerra Pérez (El blog jurídico de Sepín)

Procedencia de condenar al pago del coste del informe técnico acompañado con la demanda de responsabilidad en el proceso de edificación cuando sea necesario para fundar la reclamación

Los motivos orientados a impugnar la condena al pago de las sumas satisfechas por la actora por el informe técnico acompañado con la demanda, han de ser desestimados porque se fundan en que dicho informe, anterior a la demanda y por tanto extraprocesal, no era necesario para la reclamación, de suerte que la cantidad satisfecha por su elaboración no sería repercutible en contra de los demandados; tesis que, dada la magnitud de los vicios ruinógenos que aparecieron, la prontitud con que se manifestaron y su progresión imparable, extendiéndose por una urbanización de seis bloques, resulta de todo punto insostenible porque, a la vista de todas esas circunstancias, difícilmente se podía formular una demanda ajustada a los requisitos del artículo 524 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 sin ese previo informe técnico o, según se pretende en uno de los motivos, con solamente un acta notarial fotográfica. Ha de estarse, por tanto, al criterio mantenido por esta Sala en su sentencia de 6 de abril de 1994 y no al de la sentencia de 6 de septiembre de 1993.

Sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo 940/2004, de 8-10-2004, FD 9, Ponente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán, ECLI:ES:TS:2004:6338

El desistimiento del actor consentido por el demandado que solicita expresamente la condena en costas del primero, deberá ser resuelto por el juez en atención a las circunstancias del caso

El artículo 20.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, prevé la posibilidad de que el demandante pueda desistir del juicio, dejando imprejuzgada la acción que se ejercita. En tal supuesto si el demandado ha sido ya emplazado, tal y como ocurre en el caso debatido, se le dará traslado del escrito de desistimiento se le dará traslado por plazo de 10 días. Si el demandado prestare su conformidad al desistimiento o no se opusiere a él dentro dicho, el tribunal dictará auto de sobreseimiento y el actor podrá promover nuevo juicio sobre el mismo objeto, mientras que si el demandado se opusiera al desistimiento, el juez resolverá lo que estime oportuno. Por su parte, el artículo 396 de la citada Ley Procesal, prevé que si el proceso terminara por desistimiento del actor, que no haya de ser consentido por el demandado, aquel será condenado a todas las costas, en tanto que, si el desistimiento que pusiere fin al proceso fuere consentido por el demandado o demandados, no se condenará en costas a ninguno de los litigantes. En el caso debatido nos encontramos, sin embargo, ante un supuesto híbrido, donde la parte demandada consiente el desistimiento pero lo condiciona a la expresa imposición de costas a la parte demandada.

Ciertamente esta cuestión no esta resuelta en la doctrina ni en la jurisprudencia: Así, Sentencias como la de la Audiencia Provincial de Madrid de 30-11-2002 se alinean con la tesis de la resolución recurrida, entendiendo que, consentido el desistimiento por la parte impugnada, aun cuando ésta haya solicitado la imposición de costas a la impugnante, la terminante disposición del artículo 396 de la Ley de Enjuiciamiento Civil determina que no haya lugar a especial pronunciamiento respecto de las ocasionadas; en tanto que otras resoluciones, como la de la Audiencia Provincial de Salamanca, de 11-3-2005, partiendo del principio de que en el desistimiento la parte demandada no ha sido vencida, y que la causación del proceso es imputable tan solo a la parte demandante, entienden que las costas deben imponerse al actor que desiste.

En nuestro caso la Sala opta por mantener un criterio ecléctico (seguido, entre otras resoluciones, en la Sentencia de la Audiencia Provincial de Álava de 19-6-2007) y partiendo que el artículo 20.2, antes citado permite al Juez, en aquellos casos en los que el demandado se oponga al desistimiento, resolver lo que estime oportuno, entiende que, en casos como el presente es el Juzgador el que deberá pronunciarse sobre la imposición de costas, en atención a la circunstancias del caso.

Auto de la Audiencia Provincial de Teruel 82/2009, de 31-3-2009, Ponente Ilmo. Sr. D. Fermín-Francisco Hernández Gironella, ECLI:ES:APTE:2009:9A

La tasación de costas en la declinatoria fundada en la competencia territorial

03/04-2013 La tasación de costas en la declinatoria fundada en la competencia territorial: solución a una disputa jurisprudencial (El Notario del siglo XXI)

Costas en los procesos de familia: imposición excepcional

Es criterio de la Audiencia Provincial de Teruel, manifestado en numerosas resoluciones, no hacer imposición expresa de las costas a ninguna de las partes en los procesos matrimoniales, a salvo los supuestos de temeridad. En primer lugar, porque si bien los artículos 394 y 398 de la Ley de Enjuiciamiento Civil disponen la aplicación del criterio objetivo del vencimiento, una interpretación sistemática de los mismos conduce a limitar su aplicación a los procesos declarativos contenidos en su Libro II, esto es, a los juicios ordinario y verbal, sin que sean de aplicación, al menos imperativamente, a los procesos contenidos en su Libro IV. En segundo lugar, porque no pueden equipararse los procesos matrimoniales y los asimilados a ellos, como el de determinación de gastos extraordinarios, al resto de los procesos; la especial naturaleza de los intereses en juego en los primeros los hacen trascender de una mera contienda privada, como pone de manifiesto la intervención obligatoria del Ministerio Fiscal, cuando existen hijos menores o incapacitados, o las facultades otorgadas al propio Juzgador en orden a introducir en la sentencia pronunciamientos no pretendidos por las partes.

Auto de la Audiencia Provincial de Teruel 7/2012, de 28-2-2012, FD III, Ponente Ilmo. Sr. D. Fermín-Francisco Hernández Gironella, ECLI:ES:APTE:2012:37A

29-5-2018 Entonces.. ¿Nunca se condena al pago de las costas en los procesos matrimoniales y de menores? (Jurisprudencia Derecho de Familia)

El reconocimiento del derecho a asistencia jurídica gratuita y la ejecución de la tasación de costas

10-7-2015 El reconocimiento del beneficio de justicia y la ejecución de la tasación de costas (No atendemos después de las dos)

El titular del crédito privilegiado que origina la condena en costas es la parte contraria beneficiaria de la misma y no los profesionales que la han representado y defendido

Sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo 767/2009, de 18-11-2009, FD Único, Ponente Excmo. Sr. D. José-Antonio Seijas Quintana, ECLI:ES:TS:2009:6994

Sentencia del Tribunal Constitucional 28/1990, de 26-2-1990, FJ 2.c), Ponente Excmo. Sr. D. Eugenio Díaz Eimil

Procedencia de la condena en costas al litigante vencido en el incidente de impugnación de la tasación por indebidas

Aunque el artículo 246.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil no prevé de forma expresa la imposición de las costas del incidente de impugnación por indebidas, entra dentro de toda lógica procesal que han de entenderse aplicables las normas recogidas en el párrafo anterior que no son ni más ni menos que las generales del criterio del vencimiento que rige la imposición de las costas en el proceso civil.

De nuevo nos llevaría a un absurdo nada deseable el hecho de que si el incidente fuere el de impugnación de la tasación por honorarios excesivos conllevase imposición de costas a una de las partes, mientras que si lo fuere por indebidos no hubiese imposición de costas, cuando lo cierto es que la parte beneficiada por las costas ha tenido que desplegar una actividad procesal consecuencia de la impugnación a la que se ha visto abocada, siendo criterio constante de esta Sala recogido en innumerables autos, la imposición de las costas procesales en los incidentes de impugnación de la tasación de costas, con independencia de cual sea el motivo de la impugnación.

Auto de la Sala 1ª del Tribunal Supremo de 12-3-2013, FD 2º, Ponente Excmo. Sr. D. Rafael Gimeno-Bayón Cobos, ECLI:ES:TS:2013:2192A

Tasación de costas e intervención no preceptiva de Abogado y de Procurador

Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 32.5)

25-4-2016 La intervención no preceptiva de Letrado y de Procurador (art. 32.5 LEC) (No atendemos después de las dos)

El recurso de revisión no sustituye a la impugnación de la tasación de costas

28-6-2016 El recurso de revisión no sustituye a la impugnación de la tasación de costas (ATS, 13-4-2016) (No atendemos después de las dos)

Alcance del recurso de revisión en materia de tasación de costas

Aunque el recurso de revisión es un recurso ordinario, y devolutivo, que coloca al órgano que resuelve en segundo lugar en la misma posición procesal del que lo hace en primero, sin embargo, habida cuenta el carácter y circunstancias de la función ponderativa que significa el cálculo de los honorarios, no cabe entender que es posible utilizar el recurso para sustituir la realizada por el Secretario mediante un nuevo juicio de mejor criterio por el Tribunal, porque ello, además de no ajustarse a la propia naturaleza de la actividad procesal realizada, desvirtuaría la «ratio» de la reforma legal, pues, en lugar de simplificar la materia, se produciría el efecto contrario de multiplicar el trabajo de la oficina judicial, y probablemente, sin descargar de forma efectiva la carga del titular del órgano jurisdiccional.

Lo anterior no obsta a que mediante el recurso de revisión se pueda someter al control del Tribunal, además de las infracciones de índole procesal, los casos de arbitrariedad o de irrazonabilidad, y dentro de ellos la desproporcionalidad, por cuanto afectan al derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 de la Constitución).

Auto de la Sala 1ª del Tribunal Supremo de 28-2-2014, FD 1º, Ponente Excmo. Sr. D. Xavier O’Callaghan Muñoz, ECLI:ES:TS:2012:2332A

Domicilio de las personas jurídicas en la tasación de costas de la ejecución

23-2-2017 La cuestión del domicilio de las personas jurídicas en la tasación de costas de la ejecución (No atendemos después de las dos)

Costas procesales de las medidas cautelares civiles

12-3-2014 Costas procesales en los incidentes de medidas cautelares (Blog Ius Civile de Lex Nova)

5-9-2017 ¿Quién debe pagar las costas cuando se acuerda una medida cautelar? (El blog jurídico de Sepín)

Análisis del Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo

Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo

24-1-2017 Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero: supuestos en que va a ser necesario acudir a los Tribunales para recuperar todas las cantidades indebidamente abonadas por la cláusula suelo (Diario La Ley)

20-2-2017 La banca siempre gana. A propósito del Real Decreto-ley 1/2017 (El Blog Jurídico de Sepín)

21-9-2017 Costas en cláusula suelo: Allanamiento de entidad financiera cuando no se ha acudido al procedimiento extrajudicial (El blog jurídico de Sepín)

El banco condenado por cláusulas abusivas debe pagar las costas judiciales de todo el proceso

6-6-2017 El Tribunal Supremo establece como criterio general que el banco condenado por cláusulas abusivas pague las costas judiciales de todo el proceso. La Sala Primera argumenta que si el consumidor, a pesar de ganar el litigio, tuviera que pagar sus gastos en las primeras instancias se produciría un efecto disuasorio (CGPJ)

⚖️ Sentencia del Pleno de la Sala 1ª del Tribunal Supremo 419/2017, de 4-7-2027, Ponente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán, ECLI:ES:TS:2017:2501

12-7-2017 Costas de las instancias en Cláusula Suelo: la solución del TS (El blog jurídico de Sepín)

Aplicación del límite del artículo 394.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en el proceso de ejecución, costas en la ejecución de los decretos o autos aprobatorios de tasaciones de costas y costas en la ejecución del proceso monitorio

31-5-2017 Aplicación del límite del art. 394.3 LEC en el proceso de ejecución. Costas en la ejecución de los decretos o autos aprobatorios de tasaciones de costas. Costas en la ejecución del proceso monitorio (No atendemos después de las dos)

2-6-2017 Texto íntegro en El Derecho