Plazo de espera y costas en la ejecución provisional 30-11-2017 La singularidad del plazo de veinte días del art. 548 LEC en la ejecución provisional (No atendemos después de las dos) Comparte:TwitterWhatsAppTelegramFacebookLinkedInCorreo electrónicoImprimirMásSkypeRedditPinterestPocketTumblrMe gusta esto:Me gusta Cargando... Publicado por Jorge Cañadas Magistrado. Profesor Tutor UNED Teruel. Ver todas las entradas de Jorge Cañadas