Juicio verbal

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📕 Artículo 438 LECiv. Admisión de la demanda y contestación. Reconvención.

7. Tratándose de un caso de recuperación de la posesión de una vivienda a que se refiere el ↗️ párrafo 2º del numeral 4.º del apartado 1 del artículo 250, si el demandado o demandados no contestaran a la parte demanda en el plazo legalmente previsto, se procederá de inmediato a dictar sentencia. La sentencia estimatoria de la pretensión permitirá su ejecución, previa solicitud del demandante, sin necesidad de que transcurra el plazo de 🗓️ 20 días previsto en el ↗️ artículo 548.

4.º Recuperación de vivienda ocupada instada por persona física, entidad sin ánimo de lucro o entidad pública propietaria o poseedora de vivienda social.