Juicio verbal

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CONTESTACIÓN A LA DEMANDA DE EFECTIVIDAD DE DERECHOS REALES INSCRITOS.

📕 Artículo 444 LECiv. Causas tasadas de oposición.

2. En los casos del ↗️ número 7 o del apartado 1 del artículo 250, el demandado sólo podrá oponerse a la demanda si, en su caso, presta la caución determinada por el Tribunal en cualquiera de las formas previstas en el párrafo segundo del apartado 2 del artículo 64 de esta Ley la oposición del demandado únicamente podrá fundarse en alguna de las causas siguientes:

7.º Efectividad de derechos reales inscritos en el Registro de la Propiedad.

1.º Falsedad de la certificación del Registro u omisión en ella de derechos o condiciones inscritas, que desvirtúen la acción ejercitada.

2.º Poseer el demandado la finca o disfrutar el derecho discutido por contrato u otra cualquier relación jurídica directa con el último titular o con titulares anteriores o en virtud de prescripción, siempre que ésta deba perjudicar al titular inscrito.

3.º Que la finca o el derecho se encuentren inscritos a favor del demandado y así lo justifique presentando certificación del Registro de la Propiedad acreditativa de la vigencia de la inscripción.

4.º No ser la finca inscrita la que efectivamente posea el demandado.