Delitos contra la salud pública

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MODALIDAD ESPECIAL IMPROPIA.

📕 Artículo 372 del Código Penal.

Si los hechos previstos en este capítulo fueran realizados por
🧑 empresario,
🧑 intermediario en el sector financiero,
🧑 facultativo,
🧑 funcionario público,
🧑 trabajador social,
🧑 docente o educador,
en el ejercicio de su cargo, profesión u oficio,

se le impondrá, además de la pena correspondiente,
la de inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio, industria o comercio, de 3 a 10 años.

Se impondrá la pena de inhabilitación absoluta de 10 a 20 años cuando los referidos hechos fueren realizados por Autoridad o agente de la misma, en el ejercicio de su cargo.

A tal efecto, se entiende que son facultativos los médicos, psicólogos, las personas en posesión de título sanitario, los veterinarios, los farmacéuticos y sus dependientes [ definición legal o auténtica ].