Culpabilidad e imputabilidad

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INTOXICACIÓN PLENA O SÍNDROME DE ABSTINENCIA.

📕 CÓDIGO PENAL

📕 Artículo 20 del Código Penal

Están exentos de responsabilidad criminal:

2.º El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena [ presupuesto psiquiátrico ] por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión [ presupuesto psicológico ].


En los casos de apreciación completa de la eximente, podrán aplicarse -concurriendo sus demás requisitos-, medidas de seguridad.


📝 Club de cannabis (4-6-2017)

📘 Guía La Ley: Eximente y atenuante de adicción a bebidas alcohólicas, drogas tóxicas y sustancias análogas