Protección del patrimonio histórico. Patrimonio cultural y Derecho. Cuestiones penales. Resumen final

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“Una labor de todos; profesionales, juristas, arqueólogos, historiadores, funcionarios, arquitectos y ciudadanos en general”

Con motivo del XXX ANIVERSARIO DE “APUDEPA” (Asociación de Acción Pública para la Defensa del Patrimonio Aragonés), se realizará un Congreso – Encuentro en el Casino de Teruel, el sábado 24 de octubre de 2026, bajo el título:

IIª JORNADA DE REFLEXIÓN SOBRE “PATRIMONIO CULTURAL Y DERECHO” VISTO POR LOS PROFESIONALES Y LA SOCIEDAD CIVIL

TEORÍA Y PRÁCTICA

El Encuentro rendirá homenaje a la Memoria de Don Antonio Vercher Noguera, coordinador de la Fiscalía de Medio Ambiente, Patrimonio y Urbanismo (2006-2025), que participó en el primero de los Encuentros, tras su reciente jubilación, y lamentablemente, para al poco tiempo fallecer. Vaya por él este IIª Jornada.

Junto con la memoria y programa de este Encuentro, que a continuación se relaciona, se han venido poniendo en INTERJUEZ, diversos capítulos sobre varias cuestiones de interés, en orden a lo jurídico penal, ya que el Encuentro trata de muchos otros aspectos de los que poco, más bien nada, sé.

✍️ Protección jurídico – penal del patrimonio histórico
✍️ Patrimonio cultural y Derecho. Cuestiones penales I
✍️ Patrimonio cultural y Derecho. Cuestiones penales II
✍️ Protección jurídico – penal del patrimonio histórico III
✍️ Protección jurídico – penal del patrimonio histórico IV
✍️ Protección jurídico – penal del patrimonio histórico V
✍️ Protección jurídico – penal del patrimonio histórico VI
✍️ Protección jurídico – penal del patrimonio histórico VII
✍️ Protección jurídico – penal del patrimonio histórico VIII

Las temáticas tratadas en cada capítulo, han sido:

Texto introductorio y CAPÍTULO I: Marco y presupuesto constitucional, Legislación Penal Especial sobre Contrabando y Código Penal; tipos penales dispersos y específicos.

Capítulo II: sobre el patrimonio histórico catalogado y no catalogado.

Capítulo III: la comisión por omisión y la prevaricación omisiva. Inacción y acción ineficaz.

Capítulo IV: delitos contra el patrimonio histórico por negligencia.

Capítulo V: los grafitis o pintadas; ¿daño penal o deslucimiento atípico?,

Capítulo VI: destrucción patrimonio y expolio.

Capítulo VII: el valor de los bienes del patrimonio histórico.

Capítulo VIII: Contaminación visual o paisajística.

Sobre el Encuentro del día 24 de octubre de 2026 en el Casino de Teruel, conforme programa elaborado por APUDEPA:

Interés social del curso:

¿Qué está pasando en nuestro país que el patrimonio   en general, y el inmobiliario en particular, es objeto de ruina constante?  ¿Por qué sigue rehén del suelo y de los constructores, también de la legislación liberadora del suelo? ¿Hay posibilidad de revertir esta situación? ¿Cómo? ¿Cuándo? ¿En colaboración con quién? ¿Con qué mecanismos de protección contamos para la defensa del patrimonio? ¿Puede la justicia ayudar a revertir la situación? ¿Es la educación el arma imprescindible?

La jornada la abrirá la ponencia de Don Jorge Moradell, Fiscal de Medio Ambiente, Patrimonio y Urbanismo de Teruel, y de Derechos Humanos y Memoria Democrática, a la que se sumarán la de los profesores de las Universidades de Granada, Oviedo, Islas Baleares y Zaragoza, participando también voluntarios-técnicos en la materia que nos ocupa. Tanto en las ponencias como en las mesas redondas trasladarán a los asistentes diversas problemáticas con las que se encuentran a la hora del estudio y la defensa del patrimonio cultural y natural.

Objetivos del curso:

  • La Jornada tiene como objetivo presentar un panorama representativo de la situación jurídica y experiencias significativas relativas al patrimonio cultural en España, siendo la legislación, el derecho y su aplicación el hilo conductor en la reflexión sobre el territorio en las últimas décadas, también la educación como soporte imprescindible, para alcanzar una conciencia sólida de nuestro pasado. Todo ello ajustado a un lenguaje sencillo y asequible para todos los asistentes: Legalidad vigente en el derecho penal, constitucional y administrativo; Paisaje agrícola, Renovables y Territorio; Jurisprudencia y Patrimonio inmueble; sobre Jurisprudencia contenciosa; el Valor -económico- del Patrimonio Arqueológico; Zaragoza conjunto histórico, un patrimonio perdido, y Educar como herramienta imprescindible del presente y del futuro.
  • En los últimos años se ha producido un cambio paradójico. Se da más importancia al patrimonio en general, pero no existe una visión holística e integral, de tal manera que, a modo de ejemplo, apenas si hay conciencia del paisaje protegido y del patrimonio agrario, en paralelo.  algunos Conjuntos Históricos peligran porque materialmente se están desintegrando, tal es el caso de Calatayud en Aragón y de Baza en Granada.  Y ya no digamos de la arquitectura popular que, en términos generales, está en todo el medio rural, pero en general en proceso de ruina porque ni se aprecia, ni se cataloga, ni se rehabilita, añadiendo a ello la problemática de la España Vaciada. En suma, los CATÁLOGOS de protección no funcional, o solo parcialmente, al albur de ciertos intereses de la propia administración central y de las autonomías que permanecen alejadas de sus administrados.
  • Mucho de ese patrimonio está en peligro de desaparecer por causas diversas y complejas que se expondrán en la Jornada: una abundante  legislación que la propia administración parece desconocer y otras directamente incumple;  Ministerios y Direcciones Generales del Patrimonio Cultural que, entendemos,  no están a la altura de lo que  se espera de ellos; unos partidos políticos mayoritarios que no han centrado su interés en la defensa del patrimonio cultural frente a los privilegios y abusos  de actuación de algunas grandes empresas; unos ayuntamientos que, casi siempre,  viven ajenos a la importancia de la conservación del patrimonio y de la Memoria Democrática, también de las asociaciones que se preocupan de impulsar la conservación y rehabilitación ; unos asesoramientos que, a menudo, no son de  técnicos expertos; se da la preocupante  ausencia de profesionales formados en técnicas constructivas; una iglesia católica que ha inmatriculado miles de inmuebles (iglesias, catedrales, conventos, monasterios, ermitas) en  base a sus propios certificados convirtiéndose en la mayor inmobiliaria del país: una problemática aguda de despoblación en relación a   una España Vaciada y, finalmente, una población a la que, en términos generales, no se le ha formado,  dándose un desconocimiento generalizado en materia de patrimonio histórico o cultural.  Todo ello, en contra de una sociedad solidaria, libre, en equilibro armónico y sostenible.

Apostamos:

  • Por la creación de “Comunidades de Patrimonio” locales, surgidas desde el territorio y en defensa de sus localidades, al amparo del Convenio de Faro, ratificado por España en el 2022, sobre “El valor del Patrimonio para la Sociedad”.
  • Por el reconocimiento de los Paisajes Culturales que deben protegerse, de acuerdo al Convenio europeo del Paisaje, Florencia, 2000, ratificado por España en el 2007.
  • Finalmente, por recuperar la implantación de las Escuelas Taller impulsadas por José María Pérez, Peridis, años de 1980, apoyando su anclaje en las comarcas.

Incluirá DOS MESAS REDONDAS con los ponentes de las sesiones de mañana y tarde, respectivamente, finalizando la Jornada con una sesión con intervención del público y las CONCLUSIONES finales de la Jornada.

PROGRAMA, 24 DE OCTUBRE, SÁBADO, 2026

MAÑANA

9:30. ACOGIDA DE ASISTENTES Y PRESENTACIÓN

PONENCIAS:

10 a 10: 30.  D. Jorge Moradell, Protección jurídica penal del Patrimonio Histórico.

10:30 a 11. Dr. José Castillo Ruiz, El patrimonio agrario como antídoto contra la implantación de megaplantas solares y eólicas en el territorio

11 a 11:30. Dr.  Javier García Fernández, Balance y reforma de la ley de Patrimonio Histórico de 1985.

11:30 a 12. Dra. María Rosario Alonso Ibáñez, El régimen jurídico del patrimonio inmueble.

12 a 12:15. Descanso. PAUSA CAFÉ en el bar del Casino

12:15: a 12:30. Presentación del libro “Cuarenta Años de la Ley de Patrimonio Histórico Español”, por sus directores Sres. Álvarez Fernández y Alonso Ibáñez.

12:30 a 13: 15. MESA REDONDA con los ponentes Sr. Moradell, Dr. Castillo Ruiz, Dr. García Fernández y Dra. Alonso Ibáñez. 

13:15 a 14. DEBATE CON PARTICIPACIÓN DEL PÚBLICO. CONCLUSIONES DE LA MAÑANA.

14 a 16:30. COMIDA – DESCANSO

TARDE

PONENCIAS:

16:30 a 17. Pere Ollers Vives, Los tribunales existen. Lectura esperanzada de la jurisprudencia contenciosa actual.

17 a 17:30. Dr. Francisco Burillo, El valor del patrimonio arqueológico.

17:30 a 18. Dra. María Pilar Poblador Muga, Zaragoza, La ciudad derribada: crónica de un patrimonio perdido.

18:30 a 19 h. Dr. José Manuel Baena Gallé, Educación y Patrimonio. Una relación necesaria.

19 a 19:15 h.  PAUSA-CAFÉ en el bar del casino. 

19:15 a 19:30. Presentación del libro, “La Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias en España (2001-2026). El caso de las lenguas propias de Aragón», por José Ignacio López Susín, (ex director general de Política Lingüística del Gobierno de Aragón (2019-2023) y Alejandro Pardos Calvo.

19:30 a 20:30. MESA REDONDA con los ponentes Dr. Burillo Mozota, Dra. Poblador Muga, Dr. Baena Gallé y Sr. Ollers Vives.

20:30 a 21 h. DEBATE CON PARTICIPACIÓN DEL PÚBLICO Y PRESENTACIÓN DE CONCLUSIONES

PONENTES, por orden de presentación de las ponencias:

-Jorge Moradell, Fiscal de Medio Ambiente, Patrimonio y Urbanismo de Teruel, y de Derechos Humanos y Memoria Democrática.

– José Castillo Ruiz, Catedrático de Historia del Arte de la Universidad de Granada. Director de la Carta de Baeza sobre Patrimonio Agrario.

– Javier García Fernández, catedrático emérito de Derecho Constitucional, experto en la Ley de Patrimonio Histórico español.

– María Rosario Alonso Ibáñez, Catedrática de Derecho Administrativo de la Universidad de Oviedo.

– Francisco Burillo Mozota, Catedrático de Prehistoria de la Universidad de Zaragoza.

– María Pilar Poblador Muga, Profesora Titular de Historia del Arte de la Universidad de Zaragoza. 

– José Manuel Baena Gallé, Dr. en Historia del Arte y licenciado en Antropología social y cultural.  Profesor de Enseñanza Secundaria. Presidente de la Asociación Ben Baso de Sevilla y expresidente de la Unión de Asociaciones.

– Pere Ollers Vives, Profesor Asociado de Derecho Constitucional, letrado del Consejo Consultivo de las Islas Baleares, presidente de ARCA, Mallorca, y secretario de la Unión por el Patrimonio.

Contacto:  correo apudepa@gmail.com ; información Apudepa: https://apudepa.com/elblog/

Reitero, a modo de conclusión, tan solo el MARCO Y PRESUPUESTO CONSTITUCIONAL DE LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL PATRIMONIO HISTÓRICO, y que reside en los artículos 44 y 46 de nuestra Constitución Española.

El artículo 44 de la Constitución Española, refiere el acceso a la cultura, como algo a la que todos tienen derecho:

Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

Y el artículo 46 de la Constitución Española dispone que “Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.

La plasmación práctica del último párrafo del artículo constitucional citado, en virtud del cual la ley penal debe prever e introducir conductas y sanciones por los atentados contra ese patrimonio, es realmente variada. Por una parte, existía, y existe, un cierto número de figuras típicas que, si bien están relacionadas con el patrimonio histórico, se encuentran sin embargo incardinadas en ámbitos bien distintos del Código Penal. Se trata, por lo tanto, de supuestos penales cuyo bien jurídico protegido no tiene que estar inexcusablemente centrado en el valor inmaterial de la cultura y su función social, como sería lo procedente, sino más bien de manera tangencial. Todo lo cual supone una dispersión normativa que sin duda complica la protección de nuestro patrimonio histórico.

Podemos decir que la respuesta penal tiene dos grandes apartados; una regulación “dispersa” en varios tipos penales del Código Penal (hurto, robo, apropiación, estafa, receptación, daños, contra ordenación del territorio y lesa humanidad) y en una Ley Penal especial, cual es la del Contrabando, y otra “concentrada”, en Capítulo II del Título XVI, Libro II del Código Penal.

Se regula en este Capítulo la protección del patrimonio histórico; nos encontramos ante bienes de patrimonio histórico a los que se concede protección por su valor social, y por la función que, como tales, desempeñan y en la medida en que son expresión de la cultura y de las señas de identidad nacionales. Esa función social se manifiesta a partir del momento en que ese patrimonio enriquece el capital colectivo, conformando un sentido de pertenencia, individual y de conjunto, que ayuda a mantener la cohesión social y territorial. Es por ello por lo que, según se ha dicho, el artículo 46 es un precepto globalizador sin casuismos detallistas, que se basa en valores culturales dinámicos y evolutivos. No se pretende sólo que se realice una labor estática y defensiva, consistente en conservar y proteger, sino que también se asume una labor de acrecentar y difundir, lo cual implica el acceso a los ciudadanos de los bienes que integran el Patrimonio, sobre la base del artículo 44.1 CE. Esto va a suponer, por lo tanto, que, al igual que sucede con el medio ambiente, la función social que cumplen los bienes culturales se proyecte a todos los seres humanos, función ésta reconocida, por lo demás, en nuestra jurisprudencia. Es precisamente por eso por lo que, a través del artículo 44, 1º de la Constitución Española, se habla de la necesidad de tutelar y proteger el acceso a la cultura.

Los aspectos que he considerado de interés, y que se han ido tratando en los sucesivos textos, son:

  • Presupuesto de catalogación o no de los bienes objeto de los delitos.
  • La posibilidad de cometer este delito en comisión por omisión, y relacionado con ello lo que llamamos “Prevaricación omisiva” o dejación de funciones públicas.
  • La negligencia.
  • El tratamiento jurídico penal de los grafitis.
  • Concepto de Expolio.
  • Valoración económica a efectos civiles de los daños al Patrimonio.
  • Protección Jurídica del Paisaje.