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- EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL [ 130 ]
- PRESCRIPCIÓN DEL DELITO [ 131 ]
- CÓMPUTO DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DEL DELITO [ 132 ]
- PRESCRIPCIÓN DE LA PENA [ 133 ]
- CÓMPUTO DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE LA PENA [ 134 ]
- PRESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD [ 135 ]
- INDULTO
CÓMPUTO DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE LA PENA.
📕 Artículo 134 del Código Penal
1. El tiempo de la prescripción de la pena se computará desde la fecha de la sentencia firme, o desde el quebrantamiento de la condena, si ésta hubiese comenzado a cumplirse.
2. El plazo de prescripción de la pena quedará en suspenso:
a) Durante el período de suspensión de la ejecución de la pena.
b) Durante el cumplimiento de otras penas, cuando resulte aplicable lo dispuesto en el artículo 75.
Cumplimiento sucesivo de las penas.
