Lesiones

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SUPUESTOS HIPERAGRAVADOS.

📕 Artículo 149 del Código Penal.

1. El que causara a otro, por cualquier medio o procedimiento, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica, será castigado con la pena de prisión de 6 a 12 años.

2. El que causara a otro una mutilación genital en cualquiera de sus manifestaciones será castigado con la pena de prisión de 6 a 12 años. Si la víctima fuera menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, será aplicable la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de 4 a 10 años, si el juez lo estima adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección.

📚 Pérdida de visión y lesiones del artículo 149 del Código Penal. Órgano principal. Inutilidad (15-12-2017)

📚 La ceguera parcial como lesión hiperagravada del artículo 149 del Código Penal (1-8-2017)

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📕 Artículo 150 del Código Penal.

El que causare a otro la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro no principal, o la deformidad, será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 años.


Órgano o miembro principal 👉 Toda extremidad u órgano externo o interno del cuerpo humano que posea actividad funcional independiente y relevante para la vida, para la salud o para el normal desenvolvimiento del individuo.

Órgano o miembro no principal 👉 Respecto al principal le falta la función autónoma por hallarse al servicio de otros miembros u órganos principales y no resultar plenamente indispensable para la vida o para la salud completa del individuo, pero que a consecuencia de su falta no pueda éste realizar todas las funciones de su plena actividad por suponer una pérdida o minusvalía anatómico-fisiológica.

Pérdida o inutilidad de un sentido 👉 En la vista basta debilitar suficientemente y no importa la situación precedente de la víctima. En el oído concurre aunque pueda mitigarse mediante el uso de aparatos.

Impotencia y esterilidad 👉 Cabe la tentativa. Concurre aunque se pueda engendrar mediante técnicas de reproducción asistida. La esterilidad se consuma con el resultado, aunque quepa una sanación quirúrgica posterior.

Deformidad 👉 Es toda irregularidad física, visible y permanente que suponga desfiguración o fealdad ostensible a simple vista. Se consuma con el resultado, aunque quepa una sanación quirúrgica o protésica posterior.

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