Lesiones

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MALTRATO EN EL ÁMBITO FAMILIAR:

MENOSCABO PSÍQUICO, LESIÓN LEVE O MALTRATO DE OBRA A FAMILIAR NO MUJER.

📕 Artículo 153 del Código Penal

2. Si la víctima del delito previsto en el apartado anterior fuere alguna de las personas a que se refiere el artículo 173.2, exceptuadas las personas contempladas en el apartado anterior de este artículo, el autor será castigado con la pena de

➗ prisión de 3 meses a 1 año
➗ o de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días

➕ y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y 1 día a 3 años,

⚠️ así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento de 6 meses a 3 años.