Etiqueta: Propiedad Horizontal
Concurrencia del seguro de la Comunidad y del propietario
Las peticiones individuales en el régimen de propiedad horizontal
Quorum necesario para la construcción de una piscina en la Comunidad de Propietarios
La instalación del ascensor es de obligado cumplimiento en los supuestos en los que se haya establecido en un juicio de equidad, pero su importe total no puede superar las 12 mensualidades para quienes se opusieron al acuerdo
Propiedad horizontal, morosidad y protección de datos
Los propietarios afectados en el régimen de propiedad horizontal
Ejecución de los acuerdos en la Comunidad de Propietarios
Las abstenciones en las votaciones de las comunidades de propietarios
Adopción de acuerdos por mayoría simple en propiedad horizontal
La reclamación de la deuda a un propietario moroso: convocatoria de la junta, certificación de la deuda y notificación del acuerdo
En la propiedad horizontal la mera descripción de los elementos privativos no puede limitar su uso
Impugnación de acuerdos de la junta de propietarios
Cambio de uso de elementos privativos en propiedad horizontal
El reglamento de régimen interior de las comunidades de propietarios
La revocación de los acuerdos comunitarios
Notificaciones en materia de propiedad horizontal
El comunero no propietario
Impugnación del nombramiento de administrador de propiedad horizontal por otro administrador
Servicios e instalaciones comunes en propiedad horizontal y título constitutivo
La tercería de mejor derecho por gastos de propiedad horizontal
Reclamación de cuotas por gastos de comunidad de propietarios frente al titular registral no deudor
Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal (art. 9.1.e) (art. 21)
Cuando el deudor de cuotas por gastos de comunidad de propietarios, por obligación propia o por extensión de responsabilidad, no coincida con el titular registral, la reclamación frente a éste solo sera al objeto de soportar la ejecución sobre el inmueble inscrito a su nombre.
Alcance del requisito de procedibilidad de estar al corriente de pago para la impugnación de acuerdos en materia de propiedad horizontal
Cuando el artículo 18.2 de la Ley de Propiedad Horizontal excepciona de la obligación de estar al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad o proceder previamente a la consignación judicial de las mismas para la impugnación de los acuerdos de la Junta relativos al establecimiento o alteración de las cuotas de participación a que se refiere el artículo 9 entre los propietarios, se incluyen en el ámbito de la excepción no solo a los acuerdos que modifiquen la cuota de participación fijada en el título y prevista en el párrafo segundo del artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal sino también los demás acuerdos de la junta que establezcan un sistema de distribución de gastos, bien sea de manera general, bien para algunos gastos en particular, tanto de manera permanente como ocasional. No se incluye en la excepción la impugnación de cualquier acuerdo que afecte al pago que los propietarios deben hacer de su correspondiente participación en los gastos de la comunidad, en tanto no se altere el sistema de distribución de gastos que se venía aplicando por la comunidad, que puede ser el que correspondía al coeficiente o cuota previsto en el título constitutivo (artículo 5.2 de la Ley de Propiedad Horizontal) o el especialmente establecido en un acuerdo anterior de la comunidad que no haya sido anulado o suspendido cautelarmente en su eficacia.
Uso de elementos y gastos de comunidad
Representación y voto en las comunidades de propietarios
Protección de datos y cesión de los del inquilino a la comunidad de propietarios
Alquiler de temporada para uso distinto de vivienda
Necesidad de un previo acuerdo de la junta de propietarios que autorice expresamente al presidente de la comunidad para ejercitar acciones judiciales en defensa de ésta, salvo que el presidente actúe en calidad de copropietario o los estatutos expresamente dispongan lo contrario
En relación con la legitimación del Presidente de la Comunidad para reclamar judicialmente los daños ocasionados por los defectos constructivos en los elementos privativos del edificio, es suficiente con el acuerdo expreso de la junta de autorización del ejercicio de acciones judiciales, salvo que exista oposición expresa y formal al mismo
Obligado al pago de los gastos de comunidad en procesos de familia o arrendaticios
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Si bien frente a terceros, esto es la Comunidad de Propietarios, no se puede alterar el que es el titular de la vivienda obligado al pago de los gastos a que se refiere el art. 9 LPH, en las relaciones internas entre los cónyuges, igual que en las relaciones internas entre inquilino y propietario, puede la sentencia matrimonial, en el primer caso, como el contrato de inquilinato, en el segundo, alterar el responsable de su pago en las relaciones internas que surgen entre los titulares del uso y de la propiedad.
