El permiso por fuerza mayor por motivos familiares es retribuido por imperativo legal sin que sea necesario su reconocimiento expreso en convenio colectivo o acuerdo de empresa

🏠Social


El Tribunal Supremo fija que el permiso por fuerza mayor por motivos familiares es retribuido por imperativo legal sin que sea necesario su reconocimiento expreso en el convenio colectivo

CGPJ
🗓️ 30-4-2026