🏠 ≡ Penal > Penal General > Sistema de Penas > Sustitutivos de las penas privativas de libertad > Suspensión
- SUSPENSIÓN GENERAL [ 80.1, 2 y 6 ]
- SUSPENSIÓN EXCEPCIONAL [ 80.3 y 6 ]
- ENFERMOS INCURABLES [ 80.4 ]
- DEPENDENCIAS [ 80.5 y 6, 81.2 y 87.2 ]
- PLAZO DE SUSPENSIÓN [ 81, 82.2 y 86.2.b) ]
- DECISIÓN [ 82 ]
- CONDICIONES DE LA SUSPENSIÓN Y MODIFICACIÓN [ 83 a 85 y 308 bis ]
- REVOCACIÓN [ 86 y 308 bis ]
- REMISIÓN DE LA PENA [ 87 ]
- REOS HABITUALES [ 94 ]
- SENTENCIAS DE OTROS ESTADOS DE LA UNIÓN EUROPEA [ 94 bis ]
- PETICIÓN DE INDULTO [ 4.4 ]
- ↗️ TRASTORNO MENTAL GRAVE TRAS SENTENCIA FIRME [ 60 ]
PETICIÓN DE INDULTO.
📕 Artículo 4 del Código Penal.
4. Si mediara petición de indulto, y el Juez o Tribunal hubiere apreciado en resolución fundada que por el cumplimiento de la pena puede resultar vulnerado el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, suspenderá la ejecución de la misma en tanto no se resuelva sobre la petición formulada.
También podrá el Juez o Tribunal suspender la ejecución de la pena, mientras no se resuelva sobre el indulto cuando, de ser ejecutada la sentencia, la finalidad de éste pudiera resultar ilusoria.