🏠 ≡ Penal > Penal Especial > Delitos contra la Constitución > Rebelión
- CONCEPTO [ 472 ]
- PARTICIPACIÓN [ 473.1 ]
- AUTORÍA POR PRESUNCIÓN [ 474 ]
- SEDUCIR O ALLEGAR TROPAS O FUERZA ARMADA PARA LA REBELIÓN [ 475 ]
- DEBERES DE CONTENER Y DENUNCIAR LA REBELIÓN [ 476 ]
- PROVOCACIÓN, CONSPIRACIÓN Y PROPOSICIÓN [ 477 ]
- REBELIÓN COMETIDA POR AUTORIDAD [ 478 ]
- INTIMACIÓN A LA DISOLUCIÓN [ 479 ]
- EXCUSA ABSOLUTORIA Y SUPUESTOS ATENUADOS [ 480 ]
- CONCURSO REAL [ 481 ]
- OMISIÓN DE RESISTENCIA A LA REBELIÓN [ 482 ]
- PROLONGACIÓN Y ABANDONO DEL CARGO [ 483 ]
- EMPLEO DE LOS REBELDES [ 484 ]
CONCEPTO.
📕 Artículo 472 del Código Penal.
Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta [ fuerza física contra personas o cosas o intimidación, manifiestas y finalistas ] y públicamente para cualquiera de los fines siguientes [ dolo directo ]:
1.º Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución.
2.º Destituir o despojar en todo o en parte de sus prerrogativas y facultades al Rey o a la Reina, al Regente o miembros de la Regencia, u obligarles a ejecutar un acto contrario a su voluntad.
3.º Impedir la libre celebración de elecciones para cargos públicos.
4.º Disolver las Cortes Generales, el Congreso de los Diputados, el Senado o cualquier Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, impedir que se reúnan, deliberen o resuelvan, arrancarles alguna resolución o sustraerles alguna de sus atribuciones o competencias.
5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
6.º Sustituir por otro el Gobierno de la Nación o el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o usar o ejercer por sí o despojar al Gobierno o Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o a cualquiera de sus miembros de sus facultades, o impedirles o coartarles su libre ejercicio, u obligar a cualquiera de ellos a ejecutar actos contrarios a su voluntad.
7.º Sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno.
▪️ Delito de mera actividad.
▪️ Delito de consumación anticipada que precisa que los rebeldes tengan objetivamente la posibilidad de conseguir materializar alguna de las finalidades típicas.
▪️ No cabe tentativa.