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- COHECHO PASIVO PROPIO [ 419 ]
- COHECHO PASIVO IMPROPIO [ 420, 422 ]
- COHECHO PASIVO POSTERIOR [ 421 ]
- AMPLIACIÓN DEL SUJETO ACTIVO DEL COHECHO PASIVO [ 423 ]
- COHECHO ACTIVO: SOBORNO [ 424 ]
- COHECHO ACTIVO EN CAUSA CRIMINAL: SUBTIPO ATENUADO [ 425 ]
- COHECHO ACTIVO: EXCUSA ABSOLUTORIA POR DELACIÓN [ 426 ]
- AMPLIACIÓN DEL SUJETO ACTIVO DEL COHECHO ACTIVO Y PASIVO [ 427 ]
- RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS [ 427 bis ]
- ENJUICIAMIENTO POR JURADO [ 1.2.f) LOTJ ]
- PROVOCACIÓN, CONSPIRACIÓN Y PROPOSICIÓN [ 445 ]
TEST.
17J2A08
El cohecho realizado por funcionario público es:
a) Un ilícito penal.
b) Un ilícito administrativo.
c) Un conducta reprobable civilmente.
d) Ninguna de las respuestas propuestas es correcta.
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18F1A17
En el supuesto de solicitar dádiva o promesa para no tomar parte en un concurso o subasta pública, la consumación del delito se produce:
a) En el momento de recibir la dádiva o cumplir la promesa.
b) En el momento de solicitar la dádiva o promesa.
c) El Código Penal no castiga la solicitud de dádiva o promesa para no tomar parte en un concurso o subasta pública ya que esto se regula en el Código civil existiendo únicamente una responsabilidad civil pero nunca una responsabilidad penal, por tanto no puede hablarse de consumación del delito.
d) Se consuma sólo si se recibe la dádiva en dinero y en especie en un porcentaje del 50% o se cumple la promesa.
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19J1A04
En el delito de cohecho cometido por Autoridad o funcionario público para realizar actos contrarios a los deberes de su cargo se produce la consumación:
a) En el momento en el que se produzca el resultado de la corrupción.
b) En el momento en el que se realice el acto contrario a los deberes del cargo.
c) Exclusivamente en el momento en el que se reciba la dádiva, favor o retribución.
d) En el momento en el que el funcionario o autoridad solicite o acepte la dádiva, favor o retribución.
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19J1A16
El particular que, habiendo accedido ocasionalmente a la solicitud de dádiva u otra retribución realizada por Autoridad o funcionario público, denunciare el hecho a la Autoridad que tenga el deber de proceder a su averiguación:
a) Quedará exento de castigo si lo hace antes de la apertura del procedimiento, siempre que no hayan transcurrido más de 2 meses desde la fecha de los hechos.
b) Comete cohecho de particular, pero se beneficiará de las atenuantes de confesión y reparación del daño si procede a denunciarlo antes de saber que el procedimiento se dirige contra él, siempre que no hayan transcurrido más de 2 meses desde la fecha de los hechos.
c) Se le rebajara en 1 ó 2 grados la pena si lo hace antes de la apertura del procedimiento, siempre que no hayan transcurrido más de 2 meses desde la fecha de los hechos.
d) No comete ningún tipo de conducta delictiva.
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2506A13
Cuando nos referimos a la modalidad delictiva de cohecho activo, se hace alusión a:
a) Una actuación del particular ofreciendo el pago de una contraprestación para que una Autoridad o funcionario público realice una determinada actividad.
b) Una actuación de la Autoridad o funcionario público exigiendo una contraprestación, en consideración a su función, que responde a una determinada actividad ya realizada.
c) Una actuación de la Autoridad o funcionario público consistente en recibir una dádiva por un acto contrario a los deberes inherentes a su cargo.
d) Una actuación de la Autoridad o funcionario público basada en ofrecer el pago de una contraprestación por ciertas promesas emitidas por los particulares en el ejercicio de su función.
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