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¿Qué más normal que llevar el DNI en la cartera?.
Es la forma habitual de identificarnos. E incluso tenemos la obligación de exhibirlo a requerimiento de la Autoridad o sus agentes.
El problema se presenta si perdemos el documento.
A todo el mundo se le alcanza el trastorno que supone tener que presentar la obligada denuncia, pedir la oportuna cita para la obtención del nuevo ejemplar, proveerse de la documentación necesaria para dicho trámite y volver a pagar las tasas correspondientes.
Lo que no todo el mundo sabe es que el problema se puede convertir en pesadilla -por desgracia, cada vez más frecuente-, si el documento perdido cae en manos de «delincuentes 2.0».
Con nuestro DNI se van a abrir cuentas bancarias online suplantando nuestra identidad.
A continuación se van a vender productos falsos a través de Internet pidiendo que el dinero se ingrese en dichas cuentas.
Finalmente, nos vamos a ver investigados por Juzgados de toda España, como presuntos autores de las estafas en que consisten esas ventas falsas, puesto que el dinero se ha ingresado en cuentas bancarias que figuran a nuestro nombre.
Eso nos va a obligar a un auténtico peregrinaje judicial para demostrar que somos víctimas y no delincuentes, previo pago, como es natural, de los honorarios de los Abogados que nos tendrán que defender en todos los procedimientos que se pongan en marcha.
En vista de que el Estado que nos provee el documento y nos obliga a identificarnos con él, no es capaz de poner coto a esta mecánica delictiva, pese a que en absoluto es nueva, pues viene produciéndose hace varios años y en acusada curva ascendente, la única solución eficaz en nuestra mano es no llevar encima el DNI, salvo en las contadas ocasiones en que sepamos que nos resultará imprescindible exhibirlo.
Para salvar la omisión e intentar salir airosos de la ocasión en que nos viéramos obligados a exhibir el documento de identidad de forma imprevista, podemos llevar instalada en el móvil la aplicación miDGT, o en la cartera el carné de conducir o una fotocopia solo del anverso del DNI. Ciertamente no son formas de acreditar oficialmente nuestra identidad, lo que puede comportar una leve sanción, pero nada comparado a la pesadilla que les he contado.
Jorge-Oswaldo Cañadas Santamaría.
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