40 años de Constitución

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La Constitución Española conmemora hoy su 40 aniversario con la vitalidad, pero también los incipientes achaques, propios del final de la juventud.

Nadie cuestiona que la Carta Magna nos llevó pacíficamente de la dictadura a la democracia y que nos ha proporcionado un largo periodo de paz y prosperidad. Y pocos lo hacen sobre la necesidad de reformarla, abriéndose paso últimamente en el discurso imperante de lo políticamente correcto, que su reforma sería el mejor homenaje que se le podría tributar.

En mi opinión, no es necesaria, sino indispensable, la reforma de nuestro texto constitucional en el diseño de la organización territorial del Estado que ha hecho metástasis en nuestra convivencia pacífica, la dignidad de la dedicación política y la confianza de los ciudadanos en sus instituciones, al punto de arriesgar seriamente nuestro futuro.

Contrariamente al deseo de los más radicales, la reforma constitucional no podría ser sino fruto de la reflexión orientada al bien común, la palabra, la convicción y la decisión democrática de la mayoría. Y no creo que con tales requerimientos podamos albergar esperanza alguna de que dicha reforma se produzca.

De una parte, porque el consenso de 1978 se produjo mediante cesiones a cambio de contraprestaciones. Se decidía, simultáneamente y de nueva planta, el diseño de la organización política y territorial del Estado, junto al reconocimiento de un catálogo de derechos fundamentales y el alumbramiento de las instituciones llamadas a garantizarlos. Y en esa tesitura, pesaron más las ventajas que los inconvenientes en la mayoría, lo que condujo a la aprobación de la Ley de leyes. En cambio, la reforma constitucional habría de centrarse en cuestiones concretas y en esas el consenso, simplemente es imposible. Lo es a la hora de decidir entre monarquía y república, de reformar el diseño de la organización territorial del Estado o de afrontar la reforma o la supresión de algunas instituciones constitucionales.

De otra parte, porque el consenso de 1978 se forjó entre representantes de los ciudadanos cuyo empeño fue devolver a España a la democracia e integrarla en Europa. Dudo, por desgracia, que el político medio tenga hoy por preocupación prioritaria el bien común y no la defensa de su medio de vida y de la partitocracia en la que ha crecido.

En suma, faltan el talento y el talante necesarios para afrontar una reforma constitucional y sobran estructuras asentadas sobre un estado de cosas a mantener por puro interés propio.

Así que brindo por los próximos aniversarios de la Constitución de 1978, cuya reforma deseo tanto, como estoy seguro de que no llegaré a ver.

Jorge-Oswaldo Cañadas Santamaría.

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En los debates orales, el acaloramiento y el intercambio recíproco de acusaciones puede minorar la ilegitimidad de la conducta ofensiva (sentencias 288/2015, de 13-5, y 551/2017, de 11-10).

Sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo 281/2018, de 18-5-2018, FD 3º, Ponente Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena, ECLI:ES:TS:2018:1728

Protección civil del derecho al honor

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Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen

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