Consumo

🏠Civil


📕 Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación
📕 Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario
📕 Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
📕 Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón
📕 Orden de 5-5-1994 sobre Transparencia de las Condiciones Financieras de los Préstamos Hipotecarios [ Orden de 27-10-1995 modificando la anterior ]
📕 Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de Transparencia y Protección del Cliente de Servicios Bancarios
📕 Orden ETD/699/2020, de 24 de julio, de regulación del crédito revolvente y por la que se modifica la Orden ECO/697/2004, de 11 de marzo, sobre la Central de Información de Riesgos, la Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios


🔗 Consumo Aragón

Los celos no patológicos no justifican la atenuante de arrebato

Hemos dicho reiteradamente que los celos no pueden justificar la atenuante de obrar por un impulso de estado pasional, pues a salvo los casos en que tal reacción tenga una base patológica perfectamente probada, de manera que se disminuya sensiblemente la imputabilidad del agente, las personas deben comprender que la libre determinación sentimental de aquellas otras con las que se relacionan no puede entrañar el ejercicio de violencia alguna en materia de género.

Sentencia de la Sala 2ª del Tribunal Supremo 754/2015, de 27-11-2015, FD 2º, Ponente Excmo. Sr. D. Julián-Artemio Sánchez Melgar, ECLI:ES:TS:2015:5421