2026 PEC PG 1

🏠 ≡ Penal > Penal General > PEC Penal General


Enero 2026.

Supuesto de hecho:

Se consideran probados los siguientes hechos:

PRIMERO. Los acusados Dolores y Carlos, ciudadanos de nacionalidad islandesa y residentes ilegalmente en España, ambos mayores de edad y sin antecedentes penales, tuvieron a su hijo Pablo, nacido el 25 de marzo de 2020, en la clandestinidad del piso alquilado por un tercero en el que residían al margen de las autoridades.

SEGUNDO. Durante los primeros días tras el nacimiento del menor, Dolores no le ofreció la atención necesaria, ante la pasividad de Carlos quien, a pesar de que le recriminaba a la madre su falta de cuidados, no hizo nada por enmendar la situación. Así, durante un mes no lo alimentaron adecuadamente ni, a pesar de la extrema delgadez que presentaba el menor, acudieron a ningún médico, Servicio de Urgencias, ni Farmacia alguna para controlar su peso y para que recibiera los cuidados necesarios, todo lo cual originó que el menor experimentara una desnutrición proteico calórico severa. A pesar de todos estos hechos, en ningún caso tomaron en consideración o se representaron la posibilidad que la vida del menor corriera peligro. Finalmente, y viendo que el menor ya no respondía a los estímulos, los padres actuaron llevándolo únicamente al Centro de Salud de la localidad el día 8 de mayo de 2020, llegando el menor en estado preagónico y falleciendo sobre las 10,14 horas de ese mismo día.

TERCERO. Dolores y Carlos vivían en el piso al margen de la legalidad, puesto que no figuraban como arrendatarios en el contrato de alquiler. No tenían trabajo reconocido, apenas habían recibido instrucción educativa básica y vivían en unas condiciones socioeconómicas muy depauperadas.

Cuestiones a resolver:

1.- ¿Sería posible estimar alguna causa de justificación en este supuesto?:

a) Sí, un estado de necesidad justificante como eximente completa.

b) No, puesto que no se cumplen los requisitos para estimar ninguna causa de justificación.

c) Sí, un estado de necesidad justificante como eximente incompleta.

d) Sí, el ejercicio legítimo del derecho de criar a los hijos como eximente incompleta.

✅ Ver Respuesta:

b) No, puesto que no se cumplen los requisitos para estimar ninguna causa de justificación.

2.- Siendo Dolores y Carlos de nacionalidad extranjera y residentes ilegalmente en España, ¿son competentes nuestros tribunales penales para conocer del caso?:

a) No, puesto que deberán ser juzgados en su país de origen conforme al principio de personalidad pasiva.

b) Sí, conforme al principio real o de protección de intereses.

c) Sí, conforme al principio de territorialidad.

d) Sí, conforme al principio de personalidad activa.

✅ Ver Respuesta:

c) Sí, conforme al principio de territorialidad.

3.- Teniendo en cuenta el relato de hechos y en atención a la muerte de su hijo, Dolores y Carlos responden por:

a) Un delito cometido por imprudencia grave.

b) Un delito cometido con dolo directo de segundo grado o de consecuencias necesarias.

c) Un delito cometido con dolo directo de primer grado.

d) Un delito cometido con dolo eventual.

✅ Ver Respuesta:

a) Un delito cometido por imprudencia grave.

4.- En el caso hipotético de que el menor hubiera sobrevivido gracias a la actuación en el último momento de los servicios sociales, ¿podría castigarse la conducta de Dolores y Carlos?:

a) Sí, como un delito consumado de omisión pura por abandono de menores.

b) Sí, en grado de tentativa inacabada.

c) No, la conducta quedaría impune.

d) Sí, en grado de tentativa acabada.

✅ Ver Respuesta:

a) Sí, como un delito consumado de omisión pura por abandono de menores.

5.- ¿Cuál de los siguientes NO es un requisito para admitir la realización por omisión de un delito de resultado de formulación activa como el homicidio?:

a) La relación de causalidad entre la omisión y el resultado muerte.

b) La equivalencia del contenido de lo injusto de la conducta omisiva con respecto a la causación activa del resultado.

c) La posición de garante al existir una específica obligación legal de actuar.

d) Una situación típica de riesgo para un bien jurídico protegido.

✅ Ver Respuesta:

a) La relación de causalidad entre la omisión y el resultado muerte.

6.- Respecto a los conceptos de autoría y participación y conforme a la doctrina de la Sala II del Tribunal Supremo, ¿en calidad de qué responderían Dolores y Carlos?:

a) Dolores es la única autora; Carlos, quien reprochó la conducta de descuido a Dolores, quedará impune.

b) Dolores es autora, Carlos es cooperador necesario.

c) Ambos son coautores.

d) Dolores es autora, Carlos es cómplice.

✅ Ver Respuesta:

c) Ambos son coautores.

7.- Una vez iniciado el procedimiento en España, ¿sería posible que Islandia juzgara los hechos o se le concediera la entrega de Dolores y Carlos?:

a) Sí, pues se lo permite el principio de Justicia Universal.

b) Sí, iniciando un procedimiento de extradición pasiva.

c) Sí, conforme a la cláusula aut dedere aut iudicare.

d) No, en ningún caso.

✅ Ver Respuesta:

d) No, en ningún caso.

8.- Supongamos que cuando Dolores y Carlos ya han sido condenados y están cumpliendo condena, entra en vigor una reforma penal por la que se rebaja la pena del delito por el que han sido condenados respecto de la que tenía prevista cuando sucedieron los hechos. En este caso:

a) La sentencia debería revisarse.

b) La sentencia no se puede revisar porque la aplicación retroactiva de la ley penal favorable está prohibida cuando el bien jurídico en juego es la vida.

c) Ninguna de las demás respuestas es correcta.

d) La sentencia no se puede revisar porque la aplicación retroactiva de la ley penal favorable está prohibida una vez finalizado el proceso y dictada la sentencia.

✅ Ver Respuesta:

a) La sentencia debería revisarse.