🏠 ≡ Procesal Civil > Prueba > Interrogatorio de las partes
- CONCEPTO Y SUJETOS [ 301 ]
- CONTENIDO Y ADMISIÓN DE PREGUNTAS [ 302 ]
- IMPUGNACIÓN DE PREGUNTAS [ 303 ]
- INCOMPARECENCIA [ 304 ]
- MODO DE RESPONDER [ 305 ]
- INTERVENCIÓN DEL TRIBUNAL Y LAS PARTES [ 306 ]
- NEGATIVA A DECLARAR, RESPUESTAS EVASIVAS Y ADMISIÓN DE HECHOS [ 307 ]
- HECHOS NO PERSONALES DEL INTERROGADO [ 308 ]
- PERSONA JURÍDICA Y ENTIDAD SIN PERSONALIDAD [ 309 ]
- INCOMUNICACIÓN DE DECLARANTES [ 310 ]
- INTERROGATORIO DOMICILIARIO [ 311 a 313 ]
- PROHIBICIÓN DE REITERACIÓN [ 314 ]
- CASOS ESPECIALES [ 315 ]
- VALORACIÓN DE LA PRUEBA [ 316 ]
NEGATIVA A DECLARAR, RESPUESTAS EVASIVAS Y ADMISIÓN DE HECHOS.
1. Si la parte llamada a declarar se negare a hacerlo, el Tribunal la apercibirá en el acto de que, salvo que concurra una obligación legal de guardar secreto, puede considerar reconocidos como ciertos los hechos a que se refieran las preguntas, siempre que el interrogado hubiese intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resultare perjudicial en todo o en parte.
2. Cuando las respuestas que diere el declarante fuesen evasivas o inconcluyentes, el Tribunal, de oficio o a instancia de parte, le hará el apercibimiento previsto en el apartado anterior.