Los hechos probados establecen que uno de los condenados escribió en Twitter y Facebook: «Matan a un nazi en Zaragoza y a dos guardias civiles en Teruel… si es que últimamente todos son buenas noticias en Aragón». En respuesta a dicho comentario, otro condenado escribió: «Estoy de acuerdo con esta muchacha, últimamente son buenas noticias de policías muertos y guardia civil, y ver como los matan o se quitan la vida», calificando a los agentes como «perros bastardos».
La Sala absuelve del delito de injurias graves a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, del artículo 504.2 del Código Penal, recordando que el bien jurídico protegido en ese tipo penal trasciende del honor personal de quienes integran tales colectivos, por más que pueda verse tangencialmente afectado, para pasar a proteger el honor y prestigio de la institución en atención a la relevancia de las funciones que la misma tiene asignadas dentro del estado democrático. De ese modo, la punición se reserva para los ataques más graves.
De otro lado, desestima los recursos de las acusaciones particulares, que entre otros puntos pedían que se castigase a los autores de los mensajes como autores de un delito de odio del artículo 510 del Código Penal, dado que el precepto extiende su ámbito de protección sobre los grupos que se detallan en el mismo, o las personas que pertenezcan a ellos. Se trata de colectivos necesitados de especial protección en cuanto sobre ellos se proyectan los vectores capaces de generar discriminación por los motivos que el precepto indica y de los que Guardia Civil como institución queda fuera del marco de protección.
📚 Delitos contra la constitución
- Injurias y odio a la Guardia Civil en redes sociales (18-4-2023)
- Ultrajes a la bandera de España y libertad de expresión (4-4-2022)
- Delito de odio, inviolabilidad parlamentaria y debate político (29-9-2021)
- Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre los delitos de sedición y rebelión (14-10-2019)
- Pautas del Ministerio Fiscal para interpretar los delitos de odio (20-5-2019)
- Intervención sobrevenida de las comunicaciones de los investigados y sus Abogados (25-2-2019)
- Extralimitación en el ejercicio de la libertad de expresión con vulneración del derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto (28-12-2018)
- La violencia en el delito de rebelión (13-5-2018)
- Indicios racionales de rebelión en el golpe de Estado en Cataluña de 2017 (17-4-2018)
- El carácter agresivo y reiterado de expresiones que permiten constatar el odio a un colectivo al ir referidas a situaciones concretas, colma el delito de incitación al odio (14-3-2018)
- Manifestación en la que los demandantes prendieron fuego a una fotografía de los Reyes, de amplias dimensiones, en la que estos aparecían boca abajo. No constituye delito de incitación al odio y a la violencia contra el Rey y contra la monarquía. La condena por tales hechos vulnera la libertad de expresión y es desproporcionada (13-3-2018)
- Interrupción o perturbación violenta de actos religiosos en lugar destinado al culto (19-1-2018)