Enaltecimiento del terrorismo: atipicidad por la escasa difusión y el leve impacto de mensajes en Twitter 18-12-2018 El Tribunal Supremo absuelve a un tuitero de enaltecimiento del terrorismo por la escasa difusión y el leve impacto de sus mensajes. La Sala de lo Penal señala que “a pesar del mal gusto de las expresiones”, debe quedar fuera de la tipicidad penal (CGPJ) Comparte:TwitterWhatsAppTelegramFacebookLinkedInCorreo electrónicoImprimirMásRedditPinterestPocketTumblrMe gusta Cargando... Publicado por Jorge Cañadas Magistrado. Profesor Tutor UNED Teruel. Ver todas las entradas de Jorge Cañadas