Extralimitación en el ejercicio de la libertad de expresión con vulneración del derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto 🏠 ≡ Penal > Penal Especial > Delitos contra la Constitución > Delitos contra la libertad de conciencia, los sentimientos religiosos y el respeto a los difuntos 10-12-2018 El Tribunal Supremo confirma la pena de seis meses prisión a un hombre que interrumpió la misa en una iglesia de Girona con consignas a favor del aborto. El tribunal considera acreditado que se extralimitó en el ejercicio de la libertad de expresión y que vulneró el derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto (CGPJ) STS 620/2018 de 4-12-2018 Comparte: Compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X Compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp Compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva) Telegram Comparte en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn Enviar un enlace a un amigo por correo electrónico (Se abre en una ventana nueva) Correo electrónico Imprimir (Se abre en una ventana nueva) Imprimir Más Compartir en Reddit (Se abre en una ventana nueva) Reddit Haz clic en Pinterest (Se abre en una ventana nueva) Pinterest Compartir en Pocket (Se abre en una ventana nueva) Pocket Compartir en Tumblr (Se abre en una ventana nueva) Tumblr Me gusta Cargando...