Encubrimiento

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📕 Artículo 451 del Código Penal

Será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 3 años el que,

con conocimiento de la comisión de un delito
y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice,

👉 interviniere con posterioridad a su ejecución, de alguno de los modos siguientes:

[…]

3.º Ayudando a los presuntos responsables de un delito
a eludir la investigación de la Autoridad o de sus agentes,
o a sustraerse a su busca o captura,
⚠️ siempre que concurra alguna de las circunstancias siguientes: 

a) Que el hecho encubierto sea constitutivo de
traición, homicidio del Rey o de la Reina o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, de la Reina consorte o del consorte de la Reina, del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe o de la Princesa de Asturias, genocidio, delito de lesa humanidad, delito contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, rebelión, terrorismo, homicidio, piratería, trata de seres humanos o tráfico ilegal de órganos.

b) Que el favorecedor haya obrado con abuso de funciones públicas.

En este caso se impondrá,

➕ además de la pena de privación de libertad,
➗ la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 2 a 4 años si el delito encubierto fuere menos grave,
➗ y la de inhabilitación absoluta por tiempo de 6 a 12 años si aquél fuera grave.


Delito de mera actividad y autónomo respecto al delito encubierto.