Calumnia con publicidad. No se vulneran las libertades de expresión e información en condena por informaciones lesivas del derecho al honor de sendos policías difundidas a través de la red social Facebook sin la previa utilización de ninguna fuente de verificación

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⚖️ Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2023, de 8-7-2026, Ponente Excma. Sra. Dª. Laura Díez Bueso, ECLI:ES:TC:2026:52


✍️ La calumnia a funcionarios de policía en redes sociales se produce aunque se les nombre por sus números profesionales