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- FALSEDAD COMETIDA POR AUTORIDAD O FUNCIONARIO PÚBLICO [ 26, 390, 400 ]
- FALSEDAD POR IMPRUDENCIA GRAVE COMETIDA POR AUTORIDAD O FUNCIONARIO PÚBLICO [ 26, 391 ]
- FALSEDAD COMETIDA POR AUTORIDAD O FUNCIONARIO PÚBLICO EN LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN [ 26, 394.1, 400, 400 bis ]
- FALSEDAD POR PARTICULAR EN DOCUMENTO PÚBLICO [ 26, 392, 400, 400 bis ]
- USO DE DOCUMENTO FALSO [ 26, 393, 400 bis ]
- USO DE DOCUMENTO FALSO DELOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN [ 26, 394.2, 400 bis ]
FALSEDAD COMETIDA POR AUTORIDAD O FUNCIONARIO PÚBLICO.
📕 Artículo 26 del Código Penal.
A los efectos de este Código se considera documento todo soporte material que exprese o incorpore datos, hechos o narraciones con eficacia probatoria o cualquier otro tipo de relevancia jurídica [definición legal o auténtica].
📕 Artículo 390 del Código Penal.
1. Será castigado con las penas de prisión de 🔢 3 a 6 años, multa de 🔢 6 a 24 meses e inhabilitación especial por tiempo de 🔢 2 a 6 años, la Autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad:
1.º Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.
2.º Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
3.º Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
4.º Faltando a la verdad en la narración de los hechos [ falsedad ideológica ].
2. Será castigado con las mismas penas a las señaladas en el apartado anterior el responsable de cualquier confesión religiosa que incurra en alguna de las conductas descritas en los números anteriores, respecto de actos y documentos que puedan producir efecto en el estado de las personas o en el orden civil.
📕 Artículo 400 del Código Penal.
La ➗ fabricación,➗ recepción,➗ obtención,➗ tenencia,➗ distribución,➗ puesta a disposición ➗ o comercialización
de
➗ útiles,➗ materiales,➗ instrumentos,➗ sustancias,➗ datos y programas informáticos,➗ aparatos,➗ elementos de seguridad ➗ o cualquier otro medio diseñado o adaptado específicamente para la comisión de los delitos descritos en los capítulos anteriores,
se castigarán con la pena señalada en cada caso para los autores.
Por Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre [ Vigencia 1-12-2023 ], se añaden la distribución, puesta a disposición o comercialización.
📝 Certificar la nacionalidad catalana es atípico al no tener ninguna posibilidad de generar efectos (9-5-2023)
📝 El boletín de denuncia es un documento oficial aunque no se remita a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente (10-11-2021)
📝 Relación entre prevaricación administrativa, falsificación de documento público por Autoridad y fraude a la administración (18-5-2018)
📝 Diferencia entre simular un documento y faltar a la verdad en la narración de los hechos (9-6-2017)