Delitos contra la libertad de conciencia, sentimientos religiosos y respeto a los difuntos

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📕 Artículo 526 del Código Penal.

El que, faltando al respeto debido a la memoria de los muertos,

violare los sepulcros o sepulturas,
profanare un cadáver o sus cenizas
o, con ánimo de ultraje, destruyere, alterare o dañare las urnas funerarias, panteones, lápidas o nichos

será castigado con la pena de prisión de 3 a 5 meses o multa de 6 a 10 meses.