Delitos contra la libertad de conciencia, sentimientos religiosos y respeto a los difuntos

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📕 Artículo 524 del Código Penal.

El que en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias religiosas
ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos legalmente tutelados

será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 1 año o multa de 12 a 24 meses.


Cabe tentativa.