La acción penal por los delitos de calumnias e injurias se extingue con el fallecimiento del ofendido

26-11-2020 Archivada una querella contra el diputado de Vox Francisco Javier Ortega Smith-Molina por sus declaraciones en TVE sobre las ‘Trece Rosas’. El Tribunal Supremo archiva la causa al considerar que los hechos no son constitutivos de delito (CGPJ)

La acción penal por los delitos de calumnias e injurias se extingue con el fallecimiento del ofendido.

Producido tal evento, solo queda a sus deudos y herederos la acción de protección civil.

La legitimación procesal para ejercitar la acción por calumnias o injurias que, bajo la normativa anterior se otorgaba a determinados parientes o al heredero del difunto, siempre que el atentado a su honor trascendiera a ellos, ha desaparecido con la reforma de 1995 del contexto de las Disposiciones Generales del Capítulo III aplicables a ambos delitos.