Fraudes y exacciones ilegales

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📕 Artículo 438 del Código Penal

La 🧑 Autoridad o funcionario público que,

abusando de su cargo,
cometiere algún delito de estafa o de fraude de prestaciones del Sistema de Seguridad Social del artículo 307 ter,

incurrirá en las

➕ penas respectivamente señaladas a éstos, en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado,
➕ e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 3 a 9 años,
⚠️ salvo que los hechos estén castigados con una pena más grave en algún otro precepto de este Código.