Exención tributaria por reinversión en vivienda habitual en caso de cónyuges separados o divorciados

El Tribunal Supremo fija jurisprudencia en la interpretación de los requisitos para disfrutar de la exención por reinversión en vivienda habitual en caso de cónyuges separados o divorciados. La Sala fija una interpretación integradora y garantiza la igualdad de trato de los cónyuges afectados por estas situaciones – CGPJ [ 17-5-2023 ]

⚖️ Sentencia de la Sala 3ª del Tribunal Supremo 553/2023, de 5-5-2023, Ponente Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero, ECLI:ES:TS:2023:2021

En las situaciones de separación, divorcio o nulidad del matrimonio que hubieren determinado el cese de la ocupación efectiva como vivienda habitual para el cónyuge que ha de abandonar el domicilio habitual por tales causas, el requisito de ocupación efectiva de la vivienda habitual en el momento de la transmisión o en cualquier día de los 2 años anteriores a la misma, que exige el apartado 3 del art. 41 bis del Reglamento de la Ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas, se entenderá cumplido cuando tal situación concurra en el cónyuge que permaneció en la misma.


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