Improcedencia de la inadmisión liminar del procedimiento de habeas corpus

📕 Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del procedimiento de «Habeas Corpus»

⚖️ Sentencia de la Sala 2ª del Tribunal Constitucional 49/2022, de 4-4-2022, Ponente Excmo. Sr. D. Enrique Arnaldo Alcubilla, ECLI:ES:TC:2022:49

En reiteradas ocasiones el Tribunal Constitucional ha resuelto sobre las consecuencias derivadas de la denegación de la incoación procedimiento de habeas corpus por razones de fondo, en la consideración de que no concurre ninguno de los supuestos contemplados en el art. 1 LOHC. Este Tribunal ha desautorizado repetida y categóricamente ese proceder. Concretamente, en la reciente STC 73/2021, de 18 de marzo, FJ 4, recordamos que «aun cuando la Ley Orgánica de regulación del procedimiento de habeas corpus posibilita denegar la incoación del correspondiente procedimiento, fundamentar la decisión de no admisión en que el recurrente no se encontraba ilícitamente privado de libertad, por no concurrir ninguno de los supuestos del art. 1 LOHC, vulnera el art. 17.4 CE, ya que implica una resolución sobre el fondo que solo puede ser valorada y enjuiciada después de sustanciado el procedimiento y oído el detenido, con intervención del Ministerio Fiscal. Los únicos motivos constitucionalmente legítimos para no admitir un procedimiento de habeas corpus son los basados en la falta del presupuesto necesario de una situación de privación de libertad no acordada judicialmente o en el incumplimiento de los requisitos formales a los que se refiere el art. 4 LOHC. Esta jurisprudencia es reiterada, constante e inequívoca (entre otras, SSTC 21/2014, de 10 de febrero, FJ 2; 32/2014, de 24 de febrero, FJ 2; 195/2014, de 1 de diciembre, FJ 3; 42/2015, de 2 de marzo, FJ 2, y 204/2015, de 5 de octubre, FJ 2, entre las más recientes)».

Sentencia del Tribunal Constitucional 195/2014, de 1-12-2014, FJ 4, Ponente Excmo. Sr. D. Ricardo Enríquez Sancho

Sentencia del Tribunal Constitucional 21/2014, de 10-2-2014, FJ 2, Ponente Excmo. Sr. D. Juan-Antonio Xiol Ríos

Sentencia del Tribunal Constitucional 12/2014, de 27-1-2014, FJ 3 y 4, Ponente Excmo. Sr. D. José González-Trevijano Sánchez

Sentencia del Tribunal Constitucional 147/2008, de 10-11-2008, FJ 2, Ponente Excmo. Sr. D. Manuel Aragón Reyes