Resumen de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética

📕 Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.

Parte el Preámbulo de esta ley, de los requerimientos realizados al mundo por la Organización de Naciones Unidas, plasmados en el Acuerdo de París de 2015, sobre cambio climático. Así como a nivel de la Unión Europea, en el llamado “Pacto Verde Europeo” y en la denominada “Estrategia Europea de descarbonización a 2050”.

Se incide al respecto en el contenido del “Informe especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático”, publicado el 8 de octubre de 2018, relativo a los impactos de un calentamiento global de 1,5ºC sobre los niveles preindustriales, y las sendas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, para limitar dicho calentamiento. Al ritmo actual, se dice, el aumento de 1,5ºC se alcanzará entre 2030 y 2052. En el caso de España, este aumento de la temperatura es superior a la media en casi 0,5ºC.

Se considera necesario frente a ello, dar respuestas efectivas, y que sean además solidarias e inclusivas con los colectivos más afectados por el cambio climático y la transformación de la economía. Se trata de compatibilizar el progreso de nuestra economía, con minimizar los impactos sociales negativos y facilitar el aprovechamiento de oportunidades económicas, con un acompañamiento a la transición a los colectivos más vulnerables.

La lucha contra el cambio climático y la transición energética conllevan transformaciones tecnológicas y cambios en la industria. Por ello, es necesario ligar la transición energética a la política industrial y a la I+D, estableciendo mecanismos de apoyo a la industria, competitividad, riqueza y empleo de calidad.

Se debe alcanzar la neutralidad climática, mejora de la biodiversidad, de los stocks de carbono en nuestros montes y masas forestales, en humedales y en las superficies de usos agropecuarios.

En definitiva, el Acuerdo de París de 2015, las llamadas reglas en Katowice y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, marcan el inicio de una agenda global hacia el desarrollo sostenible.

Objetivos de la agenda son: Mantener el incremento de la temperatura media global por debajo de los 2ºC respecto a los niveles preindustriales e, incluso si es posible, por debajo de 1,5ºC; asegurar la coherencia de los flujos financieros con el nuevo modelo de desarrollo; y aumentar la capacidad de adaptación a los efectos adversos del cambio climático y promover su resiliencia. Por resiliencia se entiende la capacidad de los sistemas económicos, sociales y ambientales para afrontar una perturbación o impacto, respondiendo o reorganizándose de forma que conserven su función esencial, identidad y estructura, al tiempo que mantienen su capacidad de adaptación, aprendizaje y transformación.

Todos los países deben recoger objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

Madrid acogió en diciembre de 2019 la 25ª Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, cuya principal misión fue reafirmar el compromiso de la comunidad internacional con el multilateralismo y asegurar que el proceso de lucha contra el cambio climático cumplía con el calendario marcado.

En este contexto la Unión Europea, se ha dotado de normativa para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero a 2030, un 55% de reducción de gases de efecto invernadero respecto al año 1990. Mediante el Pacto Verde Europeo, se aborda una nueva estrategia de crecimiento, que persigue transformar la Unión Europea en una sociedad justa y próspera, una economía moderna, eficiente en el uso de sus recursos y competitiva, persiguiendo ser un continente neutro climáticamente en el año 2050.

Se precisa adecuar el sistema financiero europeo, su cultura y sus incentivos, a los nuevos criterios de sostenibilidad financiera. En coherencia se aborda una Programación financiera 2021-2027.

La obligación de limitar las emisiones condiciona las políticas sectoriales e implica cambios en los patrones de consumo; Pero a la par deben buscarse ventajas con la modernización del modelo productivo y el sistema energético.

Así la intensidad energética primaria, sobre todo en el caso de España, debe hacer que la dependencia energética del país descienda como consecuencia de la caída de las importaciones de carbón y de petróleo. En definitiva, se trata de lograr una transición hacia una economía más eficiente y basada en tecnologías renovables en todos los sectores de la economía.

Se pretende asegurar la neutralidad de las emisiones de gases de efecto invernadero en España antes del año 2050 y conseguir un sistema energético eficiente y renovable, facilitar una transición justa, en coherencia con los objetivos en los ámbitos de actuación pública y privada, partiendo del principio de no regresión en los objetivos marcados. Y es que la práctica de las Administraciones, no pueden implicar una rebaja o un retroceso cuantitativo ni cualitativo respecto de los niveles de protección ambiental existentes. Además, las Comunidades Autónomas con competencias en la materia puedan establecer niveles de protección más altos que la legislación básica estatal.

La ley parte de dos herramientas: La Gobernanza de clima y energía establecidas en el Reglamento de la Unión Europea 2018/1999. Y los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima y la Estrategia de Descarbonización a 2050.

Los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima, son herramientas de planificación de los Estados miembros, con grandes decisiones en materia de política energética y climática y las inversiones públicas y privadas asociadas.

Avanzar a una economía descarbonizada, limita, por ejemplo, los nuevos proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos, minerales radioactivos y carbón en territorio español.

La Región mediterránea es una de las áreas del planeta más vulnerables frente al cambio climático. España, por su situación geográfica y sus características socioeconómicas, se enfrenta a importantes riesgos derivados del cambio climático en sus sistemas ecológicos, con deterioro de recursos esenciales como el suelo fértil o la biodiversidad y amenazando la calidad de vida y la salud de las personas. Por ello, gestionar de manera responsable nuestro patrimonio común, el agua, los suelos, la biodiversidad, todos ellos recursos escasos y frágiles, es ineludible.

Son necesarias Políticas de adaptación y la necesidad de definir un sistema de indicadores de impactos y adaptación al cambio climático, que facilite un seguimiento y evaluación de las políticas públicas, así como la necesidad de elaborar informes de riesgos.

También las políticas, deben tender a una transición justa para los colectivos y áreas geográficas más vulnerables.

La Ley se estructura, de forma telegráfica, de la siguiente forma:

El título I recoge los objetivos mínimos nacionales de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, energías renovables y eficiencia energética de la economía española para los años 2030 y 2050.

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El título II recoge las disposiciones relativas a la generación de electricidad con energías procedentes de fuentes renovables y a la eficiencia energética.

Fuentes de energía primaria no almacenable. La tecnología hidráulica no fluyente. Centrales reversibles.

Aprovechamiento del dominio público hidráulico. Integración de las tecnologías renovables no hidroeléctricas reversibles. El aprovechamiento para la generación eléctrica de los fluyentes de los sistemas de abastecimiento y saneamiento urbanos para usos propios del ciclo urbano.

Se modifica la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética. Financiar los costes del sistema eléctrico previstos en la Ley del Sector Eléctrico, referidos a fomento de energías renovables.

El título III aborda las medidas relacionadas con la transición energética y los combustibles.

No se otorgarán nuevas autorizaciones de exploración, permisos de investigación y concesiones de explotación de hidrocarburos en todo el territorio nacional, incluyendo el mar territorial, la zona económica exclusiva y la plataforma continental.

Previsiones especiales para la Minería del uranio, productos energéticos de origen fósil, y gases renovables: el biogás, el biometano, el hidrógeno y otros combustibles alternativos.

El título IV aborda las cuestiones relativas a la movilidad de emisiones y transporte. Parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2.

Previsiones para el sector de transporte por carretera.

Con objeto de garantizar la existencia de infraestructura de recarga eléctrica suficiente, instalación de infraestructuras de recarga eléctrica en las estaciones de servicio.

Código Técnico de la Edificación, instalación de puntos de recarga de vehículo eléctrico en edificios de nueva construcción y en intervenciones en edificios existentes.

El título V recoge las medidas de adaptación frente a los impactos del cambio climático.

La ley establece que el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático es el instrumento de planificación básico para promover la acción coordinada y coherente frente a los efectos del cambio climático.

Sistema de indicadores de impactos y adaptación al cambio climático, elaboración de informes de riesgo.

Riesgos derivados del cambio climático, planificación y gestión de políticas sectoriales, como la hidrológica, la de costa, la territorial y urbanística, la de desarrollo urbano, la de edificación e infraestructuras del transporte, la de seguridad y dieta alimentarias, así como de salud pública.

Por otro lado, se prevén medidas para la protección de la biodiversidad y sus hábitats frente al cambio climático y la elaboración de una estrategia específica que incluirá las directrices básicas para la adaptación al cambio climático de los ecosistemas naturales y de las especies silvestres españolas. La Red Natura 2000.

La política agraria común, la de desarrollo rural y forestal, neutralidad climática, suelos agrícolas, montes y de los suelos forestales.

Propietarios y gestores públicos y privados en el aumento de la capacidad de captación de CO2 de los sumideros de carbono terrestres y marinos, sector agrario y forestal.

El título VI aborda medidas en el ámbito de la transición justa.

Estrategia de Transición Justa.

El título VII contempla aspectos concretos en la movilización de recursos en la lucha contra el cambio climático y la transición energética. Subastas de derecho de emisión de gases de efecto invernadero.

Evaluación del riesgo para el sistema gasista y la Compañía Logística de Hidrocarburos, informe en el que se haga una evaluación de los riesgos y oportunidades.

Estabilidad financiera, contexto de la economía global. Riesgos climáticos.

El título IX regula de forma novedosa la gobernanza de cambio climático y transición energética en España.

Eficiencia energética de los edificios – Directiva 2012/27/UE. Antes del 1 de enero de 2030, todos los edificios de uso distinto al residencial privado que cuenten con una zona de uso aparcamiento con más de veinte plazas, ya sea en el interior o en un espacio exterior adscrito, deberán cumplir la exigencia relativa a las dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos establecida en el Código Técnico de la Edificación.

Título Preliminar.

Objeto de la Ley.

Esta ley tiene por objeto asegurar el cumplimiento por parte de España, de los objetivos del Acuerdo de París, adoptado el 12 de diciembre de 2015, firmado por España el 22 de abril de 2016 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 2 de febrero de 2017; facilitar la descarbonización de la economía española, su transición a un modelo circular, uso racional y solidario de los recursos; adaptación a los impactos del cambio climático y la implantación de un modelo de desarrollo sostenible que genere empleo decente y contribuya a la reducción de las desigualdades.

Principios rectores.

Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, hecha en Nueva York el 9 de mayo de 1992, el Acuerdo de París, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015. Principios:

  1. Desarrollo sostenible.
  2. Descarbonización sin emisiones de gases de efecto invernadero.
  3. Protección del medio ambiente, preservación de la biodiversidad, y aplicación del principio «quien contamina, paga».
  4. Cohesión social y territorial, garantizándose, en especial, la armonización y el desarrollo económico de las zonas donde se ubiquen las centrales de energías renovables respetando los valores ambientales.
  5. Resiliencia.
  6. Protección y promoción de la salud pública.
  7. Accesibilidad universal.
  8. Protección de colectivos vulnerables.
  9. Igualdad entre mujeres y hombres.
  10. Mejora de la competitividad de los sectores productivos.
  11. Precaución.
  12. No regresión.
  13. La mejor y más reciente evidencia científica disponible, informes del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático.
  14. Calidad y seguridad de suministro de energía.
  15. Cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas.

Título I.

Objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, energías renovables y eficiencia energética.

  1. Reducir en el año 2030 las emisiones de gases de efecto invernadero.
  2. Alcanzar en el año 2030 una penetración de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, al menos, un 42%.
  3. Sistema eléctrico, a partir de energías de origen renovables.
  4. Mejorar la eficiencia energética.

Antes de 2050 neutralidad climática.

Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima.

Herramienta de planificación estratégica nacional que integra la política de energía y clima, y refleja la contribución de España a la consecución de los objetivos establecidos en el seno de la Unión Europea en materia de energía y clima.

El primer Plan Nacional Integrado de Energía y Clima abarcará el periodo 2021-2030.

Contenido:

  1. Los objetivos y contribuciones de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y absorciones por los sumideros, de energías renovables y de eficiencia energética, garantizando la contribución de todos los sectores de la economía a la consecución de tales objetivos.
  2. Políticas y medidas.
  3. Estructura y contenido de los Planes.

Estrategia de Descarbonización a 2050.

Digitalización para la Descarbonización de la Economía:

  1. Incorporación de la tecnología digital al sector energético, al sector de la movilidad sostenible, economía circular, gestión del capital natural, redes y ciudades inteligentes y actividades de lucha contra el cambio climático.
  2. Inteligencia Artificial, economía verde, el diseño de algoritmos energéticamente eficientes por diseño.
  3. Competencias digitales de la fuerza laboral.
  4. Promover que las compañías tengan en cuenta el impacto de sus servicios.

Título II.

Energías renovables y eficiencia energética.

Generación eléctrica en dominio público hidráulico.

Apoyo a la integración de las tecnologías renovables en el sistema eléctrico. Se promoverán centrales hidroeléctricas reversibles, cumplan con los objetivos ambientales.

Aprovechamiento para la generación eléctrica de los fluyentes de los sistemas de abastecimiento y saneamiento urbanos.

Eficiencia energética y rehabilitación de edificios.

  1. Fuentes renovables en el ámbito de la edificación, especial referencia a los edificios habitados por personas en situaciones de vulnerabilidad.
  2. Los materiales de construcción deberán tener la menor huella de carbono posible.
  3. Mejora de las condiciones de accesibilidad.
  4. Plan de Rehabilitación de Viviendas y Renovación urbana con el objetivo de mejorar el parque edificado. Cumplimentar los indicadores de eficiencia energética.
  5. Establecer incentivos. Energías renovables en la rehabilitación de viviendas fomentando el autoconsumo, las instalaciones de pequeña potencia, la calefacción y la refrigeración cero emisiones.

Título III.

Transición energética y combustibles.

Exploración, investigación y explotación de hidrocarburos.

A partir de la entrada en vigor de esta ley, no se otorgarán nuevas autorizaciones para realizar en el territorio nacional. Explotación de hidrocarburos.

Investigación y aprovechamiento de yacimientos de minerales radiactivos muy restrictiva.

No se admitirán nuevas solicitudes para el otorgamiento de permisos de exploración, permisos de investigación o concesiones directas de explotación, ni sus prórrogas de minerales radiactivos.

Ayudas a productos energéticos de origen fósil.

Beneficios fiscales a productos energéticos de origen fósil deberá estar debidamente justificada.

Fomento y objetivos de los gases renovables.

El biogás, el biometano, el hidrógeno y otros combustibles en cuya fabricación se hayan usado exclusivamente materias primas y energía de origen renovable o permitan la reutilización de residuos orgánicos o subproductos de origen animal o vegetal.

Objetivos de energías renovables y combustibles alternativos sostenibles en el transporte.

  1. Biocarburantes avanzados y otros combustibles renovables de origen no biológico. Transporte aéreo.
  2. Reglamentariamente el Gobierno adoptará las medidas necesarias para lograr el cumplimiento de los objetivos de integración de energías renovables y suministro de combustibles alternativos en el transporte.
    1. Los tipos de producto.
    2. Un sistema de certificación.

Título IV.

Promoción de movilidad sin emisiones.

  1. Parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2.
  2. Más tarde del año 2040 sean vehículos con emisiones de 0 g CO2/km incluirán medidas de apoyo a la I+D+i.
  3. Los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares adoptarán antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad incluyendo, al menos:
    1. Zonas de bajas emisiones.
    2. Facilitar los desplazamientos a pie, en bicicleta u otros medios de transporte activo, asociándolos con hábitos de vida saludables, corredores verdes intraurbanos.
    3. Mejora y uso de la red de transporte público, integración multimodal.
    4. Electrificación de la red de transporte público, biometano.
    5. Fomentar el uso de medios de transporte eléctricos, incluyendo puntos de recarga.
    6. Medidas de impulso de la movilidad eléctrica compartida.
    7. Fomentar el reparto de mercancías y la movilidad al trabajo sostenibles.
    8. Mejorar la calidad del aire alrededor de centros escolares, sanitarios u otros de especial sensibilidad.

Mejora de la calidad del aire. Los planes de movilidad urbana sostenible habrán de ser coherentes con los planes de calidad del aire.

Instalaciones de puntos de recarga eléctrica.

El Código Técnico de la Edificación establecerá obligaciones relativas a la instalación de puntos de recarga de vehículo eléctrico en edificios de nueva construcción y en intervenciones en edificios existentes.

Transporte marítimo y puertos.

Título V.

Medidas de adaptación al Cambio Climático.

  1. El Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático constituye el instrumento de planificación básico para promover la acción coordinada y coherente frente a los efectos del cambio climático en España.
  2. Objetivos:
    1. La elaboración de escenarios climáticos.
    2. Adaptación al cambio climático en diferentes sectores socioeconómicos, sistemas ecológicos y territorios.
  3.  
    1. La identificación y evaluación de impactos previsibles y riesgos derivados del cambio climático para varios escenarios posibles.
    2. La evaluación de la vulnerabilidad de los sistemas naturales, de los territorios, de las poblaciones y de los sectores socioeconómicos.
    3. Objetivos estratégicos concretos.
    4. Medidas de adaptación.

Informes sobre riesgos climáticos y adaptación.

Sectores a valorar:

Consideración del cambio climático en la planificación y gestión del agua.

  1. La planificación y la gestión hidrológica, objetos: seguridad hídrica, protección de la biodiversidad, actividades socioeconómicas incrementando la resiliencia.
  2. Riesgos derivados del cambio climático:
    1. Regímenes de caudales hidrológicos, los recursos disponibles de los acuíferos.
    2. Fenómenos extremos asociados al cambio climático.
    3. Los riesgos asociados al incremento de la temperatura del agua, los requerimientos del agua.
    4. Ascenso del nivel del mar en masas de agua subterránea, las zonas húmedas y los sistemas costeros.

Planificación y gestión del dominio público marítimo-terrestre.

Consideración del cambio climático en la planificación y gestión territorial y urbanística, así como en las intervenciones en el medio urbano, en la edificación y en las infraestructuras del transporte.

Consideración del cambio climático en la seguridad y dieta alimentarias.

Contratos públicos. Adquisición de alimentos. Primen los alimentos frescos o de temporada, con un ciclo corto de distribución.

Consideración del cambio climático en la salud pública.

Protección de la biodiversidad frente al cambio climático. Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, Estrategia Estatal de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración ecológicas, mejora de las actividades políticas de conservación, gestión y uso sostenible del patrimonio natural y de la biodiversidad.

Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, estrategia, conservación y restauración de ecosistemas y especies especialmente sensibles a los efectos del cambio climático: ecosistemas naturales, especies de alta montaña, humedales terrestres españoles, praderas de posidonia, zonas de ribera de los ríos. Fondo del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Evaluación de la representatividad a medio y largo plazo de las redes de espacios naturales protegidos y espacios de la Red Natura 2000.

Actualización y revisión de los planes o instrumentos de gestión de los Espacios Naturales Protegidos y espacios de la Red Natura 2000.

Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en los que incluirá un análisis específico sobre el impacto que tendrá el cambio climático sobre las especies considerando los principales escenarios climáticos contemplados en ese momento.

Desarrollo rural: política agraria, política forestal y energías renovables; Política Agraria Común, política agraria y de desarrollo rural, Plan Forestal Español, reducir la vulnerabilidad al cambio climático de los suelos agrícolas, de los montes y de los suelos forestales, mapa de vulnerabilidad.

El despliegue de las energías renovables debe llevarse a cabo de manera compatible con la conservación del patrimonio natural y la adecuada ordenación territorial. Revertir parte de la riqueza que genera en el territorio donde se realice el referido despliegue para activar su economía y combatir el declive demográfico.

Fomento de la capacidad de absorción de los sumideros de carbono.

Título VI.

Estrategia de Transición Justa.

  1. Identificación de colectivos, sectores, empresas y territorios potencialmente vulnerables al proceso de transición a una economía baja en emisiones de carbono.
  2. Oportunidades de creación de actividad económica y empleo.
  3. Políticas industriales, agrarias y forestales, de investigación y desarrollo, de innovación, de promoción de actividad económica y de empleo y formación ocupacional para la transición justa.
  4. Seguimiento del mercado de trabajo.
  5. Convenios de Transición Justa.

Perspectiva de género, inclusión social y accesibilidad universal.

Convenios de transición justa.

Cese de la producción de carbono natural.

Título VII.

Recursos públicos destinados a la lucha contra el cambio climático.

Marco Financiero Plurianual de la Unión Europea de los Presupuestos Generales del Estado.

Ingresos procedentes de las subastas de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Contratación pública.

Criterios de adjudicación:

  1. Calificación energética.
  2. Aislamiento térmico.
  3. Materiales de construcción sostenibles.
  4. Reducción de las emisiones de gases.
  5. Adaptación al cambio climático.
  6. Generación de residuos.

Licitaciones de redacción de proyectos, de contratos de obra o concesión de obra, prescripciones técnicas:

  1. Madera. Atendiendo a su huella ecológica.
  2. Repoblación forestal.

Integración del riesgo del cambio climático en el sistema financiero y energético.

Título VIII.

Educación y capacitación frente al cambio climático.

Investigación, desarrollo e innovación sobre cambio climático y transición energética.

Título IX.

Gobernanza y participación pública.

Comité de Personas Expertas de Cambio Climático y Transición Energética.

Cooperación interadministrativa en materia de cambio climático y energía.

Participación pública.

Políticas, Medidas, Inventarios y Proyecciones de Gases de Efecto Invernadero.