Constitucionalidad de la Ley Orgánica 1/2014 que modificó la Ley Orgánica del Poder Judicial en materia de jurisdicción universal

Constitucionalidad de la Ley Orgánica 1/2014 que modificó la Ley Orgánica del Poder Judicial en materia de jurisdicción universal (artículo 23), limitándola al exigir elementos de conexión para activarla. Concretamente, por lo que se refiere al delito de genocidio, lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, se exige para la actuación de los Tribunales españoles, que el procedimiento se dirija contra un ciudadano español, contra un extranjero residente en España o contra un extranjero presente en España cuya extradición se deniegue.

Asimismo, la sentencia referida trata otro tema, entre otros muchos de interés, como es el relativo al control de convencionalidad entre las normas internas y los Tratados internacionales ratificados por España, entendiendo que cuando un juez considere que una norma interna a aplicar en un caso concreto es contraria a un Tratado, podrá dejar de aplicar la norma interna, correspondiendo el control de convencionalidad a los Jueces y Magistrados de la jurisdicción ordinaria. Considera que el control de convencionalidad no es un juicio de constitucionalidad sino un juicio de aplicabilidad de disposiciones normativas y selección del Derecho aplicable que queda fuera del ámbito de competencias del Tribunal Constitucional.

Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 140/2018, de 20-12-2018, Ponente Excmo Sr. D. Fernando Valdés Dal-Ré, ECLI:ES:TC:2018:140