El daño moral generado en uno de los cónyuges, al ocultarle el otro no ser el padre de su hijo, no es susceptible de reparación económica

16-11-2018 El Tribunal Supremo desestima indemnizar a un hombre por daño moral a quien su exmujer le ocultó no ser el padre de su hijo. La Sala Primera señala que “el daño moral generado en uno de los cónyuges no es susceptible de reparación económica” (CGPJ)

STS 629/18 del Pleno de la Sala 1ª, de 13-11-2018, FD 4º.