Aunque no quede acreditado que el banco hubiera informado al cliente de las características y concretos riesgos de un producto financiero complejo, no hay error en el consentimiento del profesional de los mercados financieros que lo manifiesta en el test de conveniencia 11-10-2018 El Tribunal Supremo rechaza el recurso del exdirector de una sucursal bancaria que pedía que le devolvieran su inversión en participaciones preferentes. El alto tribunal admite que no ha quedado acreditado que el banco hubiera informado al cliente antes de adquirir este producto financiero, de sus características y concretos riesgos (CGPJ) Comparte: Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva) Telegram Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva) Correo electrónico Haz clic para imprimir (Se abre en una ventana nueva) Imprimir Más Haz clic para compartir en Reddit (Se abre en una ventana nueva) Reddit Haz clic para compartir en Pinterest (Se abre en una ventana nueva) Pinterest Haz clic para compartir en Pocket (Se abre en una ventana nueva) Pocket Haz clic para compartir en Tumblr (Se abre en una ventana nueva) Tumblr Me gusta Cargando...