Revisión por el Juez de las decisiones de los Letrados de la Administración de Justicia en la jurisdicción penal Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (art. 102 bis.2) Ley de Enjuiciamiento Criminal (art. 238 bis) 30-6-2016 En penal, ¿cabe recurrir las resoluciones de los Letrados de la Administración de Justicia? (El Blog Jurídico de Sepín) Comparte: Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva) Telegram Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva) Correo electrónico Haz clic para imprimir (Se abre en una ventana nueva) Imprimir Más Haz clic para compartir en Reddit (Se abre en una ventana nueva) Reddit Haz clic para compartir en Pinterest (Se abre en una ventana nueva) Pinterest Haz clic para compartir en Pocket (Se abre en una ventana nueva) Pocket Haz clic para compartir en Tumblr (Se abre en una ventana nueva) Tumblr Me gusta Cargando...