Homicidio y sus formas

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ASESINATO: SUBTIPO HIPERAGRAVADO CON PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE.

📕 Artículo 140 del Código Penal.

1. El asesinato será castigado con pena de prisión permanente revisable cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

1.ª Que la víctima sea menor de 16 años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad.

2.ª Que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima.

3.ª Que el delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal.

2. Al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de 2 personas se le impondrá una pena de prisión permanente revisable. En este caso, será de aplicación lo dispuesto en la ↗️ letra b) del apartado 1 del artículo 78 bis y en la letra b) del apartado 2 del mismo artículo.