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CGPJ
🗓️ 5-3-2026
⚖️ Sentencia de la Sala 2ª del Tribunal Supremo 170/2026, de 26-2-2026, Ponente Excmo. Sr. D. Ángel Luis Hurtado Adrián, ECLI:ES:TS:2026:890
Los condenados, a través de un grupo en la red social Facebook, seguido por unas 14.000 personas, se refirieron los menores extranjeros no acompañados en Melilla como «escoria», «bazofia» o «gentuza» y, entre otras expresiones, afirmaron que había que crear patrullas de vigilancia para limpiar las calles y que se fueran a «su puto país a pasar hambre». La población de Melilla se estima en unas 85.000 personas.
El Tribunal Supremo recuerda que la libertad de expresión «no es un derecho absoluto, y no puede ser el motivo o, mejor, la excusa en que ampararse, cuando objetivamente, de manera consciente y voluntaria, se vierten expresiones o se realizan comentarios que entran en conflicto con derechos constitucionales».
Y es que, con independencia de los motivos o razones que cada condenado haya querido exponer para justificar sus comentarios, «en sí mismos encierran un desprecio, una humillación, son agresivos y constituyen una incitación, como mínimo indirecta, a la realización de actos de violencia contra un determinado colectivo, como son los ‘menas'».
La Sala recuerda que el delito de odio «no precisa de un dolo específico o elemento subjetivo añadido, que vaya más allá del contenido propio de un mensaje que se emite de manera consciente y porque se tiene voluntad de emitirlo en los términos que se emite, el cual, por su contenido violento, agresivo e incitador tenga, al menos, aptitud para generar una situación de peligro sobre un colectivo concreto, como, en este caso, eran los ‘menas'».
«Incluso más, si se tiene en cuenta consideraciones como la que, con acierto, hace el Ministerio Fiscal ante esta Sala, quien, partiendo de que la difusión se canalizó a través de la red social Facebook, dice que puede contribuir de esta forma a despertar, potenciar o aumentar entre la población prejuicios y estereotipos contra este colectivo de personas, especialmente vulnerables, con el consiguiente riesgo de generar sentimientos de rechazo y animadversión social frente a ellos».
