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- FOMENTO DEL ODIO, HOSTILIDAD, DISCRIMINACIÓN O VIOLENCIA [ 510, 510 bis ]
- DENEGACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS [ 511 ]
- DENEGACIÓN DE PRESTACIONES [ 512 ]
- REUNIONES Y MANIFESTACIONES ILÍCITAS [ 513, 514 ]
- ASOCIACIONES ILÍCITAS [ 515 a 521 ]
DENEGACIÓN DE PRESTACIONES.
📕 Artículo 512 del Código Penal.
Quienes en el ejercicio de sus actividades profesionales o empresariales denegaren a una persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o creencias, su situación familiar, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad, incurrirán en la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio e inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre por un periodo de 1 a 4 años.
Ampliado por Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia [ Vigencia 25-6-2021 ].