Delitos de funcionarios contra la libertad individual

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SANCIONES O PRIVACIONES INDEBIDAS COMETIDAS POR FUNCIONARIOS DE PRISIONES.

📕 Artículo 533 del Código Penal.

El funcionario
penitenciario
o de centros de protección o corrección de menores

que impusiere a los reclusos o internos sanciones o privaciones indebidas,
o usare con ellos de un rigor innecesario,

será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 2 a 6 años.