Atentado, resistencia y desobediencia

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📕 Artículo 556 del Código Penal.

1. Serán castigados con la pena de
➗ prisión de 3 meses a 1 año
➗ o multa de 6 a 18 meses,

los que, sin estar comprendidos en el artículo 550 [ atentado ],

resistieren [ pasivamente ] o desobedecieren gravemente
a la Autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones,
o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

2. Los que faltaren al respeto y consideración debida a la Autoridad, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de multa de 1 a 3 meses.


📝 El delito de desobediencia a la Autoridad Judicial por negarse a declarar como testigo, tutela directamente el principio de autoridad e indirectamente el buen funcionamiento de la Administración de Justicia, el orden público y el derecho de defensa (13-10-2022)

📝 No hay bis in idem entre la multa impuesta al testigo que se niega a declarar en juicio y el delito de desobediencia grave a la Autoridad (26-4-2022)

📝 Sanciones administrativas y penales en caso de inobservancia del confinamiento decretado por el estado de alarma (9-5-2020)

📝 El incumplimiento reiterado de una norma administrativa no constituye delito de desobediencia (12-4-2020)

📝 La desobediencia a los pronunciamientos ejecutivos del Tribunal Constitucional (6-10-2017)

📝 Elementos típicos del delito de atentado y diferencias con la resistencia y desobediencia (12-7-2017)


📘 Guía La Ley: Resistencia y desobediencia a la Autoridad y sus agentes