La aseguradora no puede oponer frente a los perjudicados la excepción de ser dolosa la actuación del autor del delito

El Tribunal Supremo confirma la pena de 21 años y 9 meses de prisión a un exprofesor del Colegio Maristas de Barcelona por abusos sexuales a cuatro alumnos. En su sentencia, la Sala considera que las declaraciones de los menores-víctimas han sido corroboradas por otros elementos de prueba y son prueba suficiente para un pronunciamiento de condena – CGPJ [ 19-10-2022 ]

La entidad aseguradora del Colegio es responsable civil directo y debe responder por los daños y perjuicios causados, sin que pueda oponer frente a las víctimas la excepción de falta de cobertura del seguro por tratarse de un delito doloso. Esa excepción sólo opera en la relación interna entre asegurador y asegurado y no en relación con los menores perjudicados.


📚 Responsabilidad civil derivada del delito