🏠 ≡ Penal > Penal Especial > Delitos contra la seguridad vial
- INTRODUCCIÓN
- UBICACIÓN SISTEMÁTICA
- NATURALEZA JURÍDICA Y ELEMENTOS COMUNES
- CONDUCCIÓN A VELOCIDAD EXCESIVAMENTE SUPERIOR A LA PERMITIDA [ 379.1 ]
- CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL O LAS DROGAS [ 379.2 ]
- CONDUCCIÓN TEMERARIA [ 380 ]
- CONDUCCIÓN TEMERARIA CON MANIFIESTO DESPRECIO POR LA VIDA [ 381 ]
- CONCURSO [ 382 ]
- ABANDONO DEL LUGAR DEL ACCIDENTE [ 382 bis ]
- DESOBEDIENCIA A LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS DE DETECCIÓN DEL ALCOHOL O LAS DROGAS [ 383 ]
- CONDUCCIÓN SIN PERMISO [ 384 ]
- CREACIÓN DE UN GRAVE RIESGO PARA LA CIRCULACIÓN [ 385 ]
- DECOMISO [ 385 bis ]
- SUPUESTOS ATENUADOS FACULTATIVOS [ 385 ter ]
- REGULACIÓN PROCESAL
CONCURSO.
📕 Artículo 382 del Código Penal.
Cuando con los actos sancionados en los artículos 379, 380 y 381 se ocasionare, además del riesgo prevenido, un resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad, los Jueces o Tribunales apreciarán tan sólo la infracción más gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior y condenando, en todo caso, al resarcimiento de la responsabilidad civil que se hubiera originado.
Cuando el resultado lesivo concurra con un delito del artículo 381 [ conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida ], se impondrá en todo caso la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores prevista en este precepto en su mitad superior.
Párrafo introducido por Ley Orgánica 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente [ Vigencia 3-3-2019 ].