🏠 ≡ Penal > Penal Especial > Delitos contra la seguridad vial
- INTRODUCCIÓN
- UBICACIÓN SISTEMÁTICA
- NATURALEZA JURÍDICA Y ELEMENTOS COMUNES
- CONDUCCIÓN A VELOCIDAD EXCESIVAMENTE SUPERIOR A LA PERMITIDA [ 379.1 ]
- CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL O LAS DROGAS [ 379.2 ]
- CONDUCCIÓN TEMERARIA [ 380 ]
- CONDUCCIÓN TEMERARIA CON MANIFIESTO DESPRECIO POR LA VIDA [ 381 ]
- CONCURSO [ 382 ]
- ABANDONO DEL LUGAR DEL ACCIDENTE [ 382 bis ]
- DESOBEDIENCIA A LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS DE DETECCIÓN DEL ALCOHOL O LAS DROGAS [ 383 ]
- CONDUCCIÓN SIN PERMISO [ 384 ]
- CREACIÓN DE UN GRAVE RIESGO PARA LA CIRCULACIÓN [ 385 ]
- DECOMISO [ 385 bis ]
- SUPUESTOS ATENUADOS FACULTATIVOS [ 385 ter ]
- REGULACIÓN PROCESAL
CREACIÓN DE UN GRAVE RIESGO PARA LA CIRCULACIÓN.
📕 Artículo 385 del Código Penal.
Será castigado con la pena de ➗ prisión de 6 meses a 2 años ➗ o a las de multa de 12 a 24 meses ➕ y trabajos en beneficio de la comunidad de 10 a 40 días, el que originare un grave riesgo para la circulación de alguna de las siguientes formas:
1.ª
➗ Colocando en la vía obstáculos imprevisibles,
➗ derramando sustancias deslizantes o inflamables
➗ o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio.
➗ 2.ª No restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo.