Delitos contra la seguridad vial

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CONDUCCIÓN A VELOCIDAD EXCESIVAMENTE SUPERIOR A LA PERMITIDA.


📕 Artículo 379 del Código Penal.

1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de

➗ prisión de 3 a 6 meses

➗ o con la de multa de 6 a 12 meses

➗ o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días,

➕ y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.


📚 Autoría y no cooperación necesaria, en la conducción de un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia, del tercero cuya conducta es activa y participativa para que un menor conduzca [ 29-4-2021 ]

📚 El exceso de velocidad como delito [ 1-4-2021 ]

📚 Margen de error del 5% y no del 7% de los radares móviles que realizan la medición desde una ubicación fija, en trípodes o en coches parados [ 27-4-2018 ]

📚 La concurrencia de la agravante de reincidencia entre los delitos de los artículos 379 a 381 y 384 del Código Penal [ 25-8-2017 ]