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- TIPO BÁSICO [ 234.1 y 2 ]
- HURTO AGRAVADO [ 234.3 y 235 ]
HURTO AGRAVADO.
📕 Artículo 234 del Código Penal
3. Las penas establecidas en los apartados anteriores se impondrán en su mitad superior
cuando en la comisión del hecho se hubieran neutralizado, eliminado o inutilizado, por cualquier medio, los dispositivos de alarma o seguridad instalados en las cosas sustraídas [ subtipo agravado común al delito menos grave y al delito leve ].
📕 Artículo 235 del Código Penal
1. El hurto será castigado con la pena de prisión de 1 a 3 años:
1.º Cuando se sustraigan cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico.
Mandato del artículo 46 de la Constitución.
2.º Cuando se trate de cosas de primera necesidad
➕ y se cause una situación de desabastecimiento.
3.º Cuando se trate de conducciones, cableado, equipos o componentes de infraestructuras de suministro eléctrico, de hidrocarburos o de los servicios de telecomunicaciones, o de otras cosas destinadas a la prestación de servicios de interés general,
➕ y se cause un quebranto grave a los mismos.
4.º Cuando se trate de productos agrarios o ganaderos, o de los instrumentos o medios que se utilizan para su obtención,
➕ siempre que el delito se cometa en explotaciones agrícolas o ganaderas
➕ y se cause un perjuicio grave a las mismas.
5.º Cuando revista especial gravedad, atendiendo al valor de los efectos sustraídos, o se produjeren perjuicios de especial consideración.
Fijado jurisprudencialmente en 36.000 € para la estafa (aplicable por analogía) (STS 928/2005, de 11-7-2005, ECLI:ES:TS:2005:4655), pero con anterioridad a la reforma por Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, que fijó un importe de 50.000 € para dicha modalidad defraudatoria.
6.º Cuando ponga a la víctima o a su familia en grave situación económica
➗ o se haya realizado abusando de sus circunstancias personales
➗ o de su situación de desamparo,
➗ o aprovechando la producción de un accidente o la existencia de un riesgo o peligro general para la comunidad que haya debilitado la defensa del ofendido o facilitado la comisión impune del delito.
7.º Cuando al delinquir el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por 3 delitos comprendidos en este Título, siempre que sean de la misma naturaleza. No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo.
8.º Cuando se utilice a menores de 16 años para la comisión del delito.
9.º Cuando el culpable o culpables participen en los hechos como miembros de una organización o grupo criminal que se dedicare a la comisión de delitos comprendidos en este Título, siempre que sean de la misma naturaleza.
2. La pena señalada en el apartado anterior se impondrá en su mitad superior cuando concurrieran 2 o más de las circunstancias previstas en el mismo [ subtipo hiperagravado ].
