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- ÁMBITO DE APLICACIÓN [ 748 ]
- INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO FISCAL [ 749 ]
- REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LAS PARTES [ 750 ]
- INDISPONIBILIDAD DEL OBJETO DEL PROCESO [ 751 ]
- PRUEBA [ 752 ]
- TRAMITACIÓN [ 753 ]
- EXCLUSIÓN DE LA PUBLICIDAD [ 754 ]
- ACCESO DE LAS SENTENCIAS A REGISTROS PÚBLICOS [ 755 ]
- ↗️ COSA JUZGADA MATERIAL [ 222 ]
INDISPONIBILIDAD DEL OBJETO DEL PROCESO.
📕 Artículo 751 LECiv. Indisponibilidad del objeto del proceso.
1. En los procesos a que se refiere este título no surtirán efecto la renuncia, el allanamiento ni la transacción.
2. El desistimiento requerirá la conformidad del Ministerio Fiscal, excepto en los casos siguientes:
1.º En los procesos que se refieran a filiación, paternidad y maternidad, siempre que no existan menores, personas con discapacidad con medidas judiciales de apoyo en las que se designe un apoyo con funciones representativas o ausentes interesados en el procedimiento.
2.º En los procesos de nulidad matrimonial por minoría de edad, cuando el cónyuge que contrajo matrimonio siendo menor ejercite, después de llegar a la mayoría de edad, la acción de nulidad.
3.º En los procesos de nulidad matrimonial por error, coacción o miedo grave.
4.º En los procesos de separación y divorcio.
3. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, las pretensiones que se formulen en los procesos a que se refiere este Título y que tengan por objeto materias sobre las que las partes puedan disponer libremente, según la legislación civil aplicable, podrán ser objeto de renuncia, allanamiento, transacción o desistimiento, conforme a lo previsto en el ↗️ capítulo IV del Título I del Libro I de esta Ley [ del poder de disposición de las partes sobre el proceso y sobre sus pretensiones ].