La aplicación de la eximente de miedo insuperable, requiere:
a) la presencia de un temor que coloque al sujeto en una situación de temor invencible determinante de la anulación de su voluntad;
b) que dicho miedo esté inspirado en un hecho efectivo, real y acreditado;
c) que el miedo sea insuperable, esto es, invencible, en el sentido de que no sea controlable o dominable por el común de las personas, huyendo de concepciones extremas de los casos de hombres valerosos o temerarios y de personas miedosas o pusilánimes; y
d) que el miedo ha de ser el único móvil de la acción.