🏠 Penal ≡ Penal Especial ≡ Procesal Penal ≡ Delitos Leves
- CATÁLOGO
- ENJUICIAMIENTO INMEDIATO [ 962 a 964 ]
- ENJUICIAMIENTO ORDINARIO [ 965 a 968 ]
- JUICIO [ 969 A 972 ]
- SENTENCIA [ 973 a 975 ]
- RECURSO [ 976, 977 ]
RECURSO.
1. La sentencia es apelable en el plazo de los 🗓️ 5 días siguientes al de su notificación. Durante este período se hallarán las actuaciones en secretaría a disposición de las partes.
2. El recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 790 a 792.
3. 📧 La sentencia de apelación se notificará a los ofendidos y perjudicados por el delito leve, aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.
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Contra la sentencia que se dicte en segunda instancia no habrá lugar a recurso alguno. El órgano que la hubiese dictado mandará devolver al Juez los autos originales, con certificación de la sentencia dictada, para que proceda a su ejecución.
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